No hay mal que por bien no venga. El último default de la deuda externa de Argentina detonado por las sentencias del juez Thomas Griesa de New York en octubre de 2013, ha influido en que la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA, por sus siglas en inglés), que agrupa a grandes instituciones financieras internacionales y emisores soberanos, así como el FMI sugieran a los países emisores que adopten nuevas cláusulas de acción colectiva en las emisiones de deuda externa. Esto evitará situaciones cuando una potencial renegociación de la deuda externa sea aceptada por la mayoría de los acreedores, un pequeño grupo de ellos se niegue a aceptarlo, se presente a los tribunales y precipite una situación de cesación de pagos, perjudicial a los acreedores, los deudores y al sistema financiero internacional en general.
Así el Directorio Ejecutivo del FMI avaló reformar las cláusulas de los contratos internacionales de bonos soberanos con el propósito de abordar las deficiencias y problemas de acción colectiva en las reestructuraciones de deuda soberana. Las reformas coinciden con los elementos de las cláusulas que ICMA adoptó recientemente.
Hay un amplio reconocimiento entre las instituciones financieras internacionales, los emisores soberanos y los acreedores de que, si bien la reestructuración de la deuda debe ser la excepción y no la regla, puede llegar una situación en que lo que más conviene para todas las partes sea reestructurar la deuda soberana. En esa eventualidad, puede que haya acreedores que decidan no participar en la reestructuración con la expectativa de que podrán exigir el pago total de sus créditos. Si hay una probabilidad significativa de que se cumpla esa expectativa, los acreedores que habrían optado por participar en la reestructuración ya no estarán tan dispuestos a hacerlo, pese a que lo más conveniente sería acordar una reestructuración lo antes posible. En particular temerían cobrar menos de lo que terminarían cobrando los otros acreedores que se nieguen a participar. Esto es lo que se denomina el problema de acción colectiva. Las incertidumbres que generan los problemas de acción colectiva pueden demorar el proceso de reestructuración de la deuda en detrimento del deudor, los acreedores y el sistema financiero en general —por las deseconomías externas y la fragilidad que tiene desde la crisis internacional del 2008—e incluso determine innecesariamente la cesación de pagos en un país.
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