El concepto de Estado de Derecho es bastante polémico en la actualidad, sobre todo en las regiones latinoamericanas. Si lo analizamos en detalle, y aplicamos su definición a la realidad cubana, podemos llegar fácilmente a conclusiones que demuestran la ausencia de este mecanismo democrático universal. En primera instancia el Estado de Derecho es el tipo de organización política del Estado donde la organización, desempeño y control del poder se realizan de acuerdo a la jurisprudencia. Lo más notable es la división, independencia, pero a la vez mutuo control de los tres poderes del Estado, es decir, el poder ejecutivo, legislativo y judicial. En un gobierno centralizado, como sucede en el caso cubano, las funciones de los tres poderes rectores se solapan, no existe independencia entre ellos, lo que acarrea que los mecanismos de desempeño y evaluación de las funciones fallen en múltiples ocasiones. Mucho menos puede existir autonomía de poderes cuando se coloca a una entidad como el Partido Comunista de Cuba (único partido político oficialmente existente en Cuba), por encima de la propia Asamblea Nacional, por encima de la Constitución, y se declara como “fuerza dirigente y superior de la sociedad y del Estado”.
El Estado de Derecho, como principio de gobernanza, se basa en el respeto irrestricto a los Derechos Humanos y en el cumplimiento de los deberes ciudadanos establecidos por las leyes de cada país. La violación de los derechos más elementales de vida es otro tema recurrente en el entorno latinoamericano. Solo analizar los casos de Venezuela, Cuba y Nicaragua, bastan para describir un ambiente de desamparo para los ciudadanos, quienes claman de las instituciones internacionales de derechos humanos, bloques regionales y Estados clave para la articulación de la democracia en el mundo, el concurso de sus esfuerzos y el apoyo para estos estados de transición hacia el imperio de las libertades y el orden necesario.
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