El Artículo 2 de la Convención sobre la Discriminación en la Enseñanza, proclamada por la UNESCO, estipula que: "En el caso de que el Estado las admita, las situaciones siguientes no serán consideradas como constitutivas de discriminación en el sentido del artículo 1 de la presente Convención: a. La creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que esos sistemas o establecimientos ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente calificado, así como de locales escolares y de un equipo de igual calidad y permitan seguir los mismos programas de estudio o programas equivalentes".
Sevilla, Ago.22.─ Las dos sentencias del Tribunal Supremo en las que se niega la posibilidad de que los colegios que segregan por sexo reciban subvenciones son solo un punto y seguido en la larga guerra entre los defensores de este tipo de educación y los que creen que no deben recibir dinero público. Hay unos 70 centros educativos concertados que segregan en España y cuya financiación está ahora en cuestión. Los fallos del alto tribunal abren la puerta a un posible aluvión de demandas contra los conciertos con esos colegios. Pero, también, a recursos en sentido contrario: una de las patronales de este tipo de enseñanza ha anunciado este miércoles que pedirá el amparo del Tribunal Constitucional.
Entre los que han salido en defensa de este tipo de centros destaca el ministro de Educación, José Ignacio Wert (foto con dos escolares). En un comunicado ha dicho que respeta los fallos del Supremo, pero inmediatamente después ha empleado el mismo razonamiento del voto particular que acompaña a las dos sentencias del alto tribunal, es decir, que la Unesco no considera discriminatoria la práctica de los colegios que separan por sexo. "Hay que plantearse hasta qué punto el argumento de que la educación diferenciada supone discriminación entre los sexos es un argumento compatible con la convención de la Unesco que firmó España contra la discriminación en la enseñanza, en la que se sostiene que la educación diferenciada, siempre que no suponga una desigualdad de oportunidades para chicos y para chicas, no supone una forma de discriminación", afirma el ministro.
El principal argumento del Supremo para rechazar estos conciertos gira alrededor de un artículo de la Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006, en el que se prohíbe la discriminación por cualquier razón (también por sexo) en el proceso de escolarización de los centros sostenidos con fondos públicos. La LOE fue aprobada durante la primera legislatura como presidente del Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero.
El PP ya ha anunciado que piensa reformar esta norma ...
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[ Fallos del Tribunal Supremo ]