Desde el inicio de la gestión presidencial de Nicolás Maduro en abril 2013 ha sido el mandatario nacional que ha registrado récords en la promulgación de decretos de estados de excepción, ejerciendo la facultad que otorga la Constitución Nacional en el articulado del 337 al 339 de emitir estas normativas en consonancia con la situación del país.
Durante este periodo a partir del articulo 338 se han publicado decretos de todo género en la materia: el estado de alarma cuando se produzcan catástrofes, calamidades públicas, el estado de emergencia económica cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias que afecten gravemente la vida económica de la Nación, el estado de conmoción interior o exterior en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones. Se prolongarán hasta por noventa días, siendo prorrogable hasta por noventa días.
Veamos a continuación cual ha sido la cantidad y el alcance de estos estados de excepción emitidos bajo la gestión de Nicolas Maduro:
A) Lista — Decretos nacionales (2016–2025):
Decreto N° 2.184 — Gaceta Oficial N° 6.214 — 14-ene-2016. Declaración de Estado de Emergencia Económica en todo el territorio. Decreto N° 2.323 — Gaceta Oficial N° 6.227 — 13-may-2016. Medidas especiales en política exterior / soberanía (clasificado como estado de excepción / medidas especiales). El cual fue prorrogado en 9 oportunidades hasta el Decreto N° 3.980 — Gaceta Oficial N° 6.478 — 07-sep-2019. (estado de excepción) 2020. Transparencia Venezuela resume 12 decretos (2016–2019) y sus prórrogas hasta 2025.
En el contexto de los estados la hemorragia de Decretos regionales / locales (frontera), se desarrolla desde 2015 en agosto-septiembre de 2015 el Ejecutivo decretó estados de excepción y medidas en 24 municipios de Táchira, Zulia, Apure y Amazonas; esos decretos se publicaron en varias Gacetas Extraordinarias y luego se ampliaron/prorrogado en actos sucesivos.
CIDEP y otras investigaciones contabilizan varias normativas de este género (8 estados de excepción que derivaron en 61 actos publicados). Así que el número total de decretos de estado de excepción / emergencias relacionadas podría estar alrededor de 33‐40 medidas, si sumas decretos principales, prórrogas y los regionales/locales.
Finalmente se agrega a esa amplia lista de decretos, el mas reciente de conmoción externa (firmado el 29-sep-2025), relacionado con movilización de facultades de seguridad/defensa, aprobado para la protección de los ciudadanos y la defensa de la soberanía nacional.
La gran interrogante es ¿cuál ha sido el resultado de toda esta profusión de acciones ejecutivas?, ¿han derivado en bienestar de la población? ¿han contribuido en mejorar la situación económica, la mejora de los servicios públicos? ¿en cuanto ha mejorado la calidad de vida?
Pues bien, los hechos han demostrado las verdaderas intenciones de Nicolás Maduro, al utilizar la figura constitucional de los estados de excepción desde sus inicios, emitidos para neutralizar a la Asamblea Nacional (AN) electa en 2015 y reforzar su control sobre las instituciones, los fondos públicos y la ciudadanía.
Desde enero de 2016, días después de que el Parlamento controlado por la oposición se instalara, Maduro decretó un estado de emergencia económica, con la excusa de hacerle frente a la «guerra económica». En esa faena criminal contó con la complicidad de la Sala Constitucional del TSJ. La instancia que estaba llamada a garantizar el respeto de la Constitución dejó de lado su misión para alinearse con el Ejecutivo, dedicándose durante cada una de las declaratorias de los estados de excepción a reforzar las arbitrariedades y abusos por parte del Gobierno Nacional
Los venezolanos no solo vivieron cinco años bajo un estado de emergencia económica, sino que desde marzo de 2020 también estuvieron bajo un estado de alarma, impuesto para evitar la propagación del COVID-19. Así, durante un año se vivió la inédita situación de estar bajo dos regímenes de excepcionalidad. Cuya aplicación abrió las puertas para que el régimen pudiera reforzar su control político y policial militar sobre los ciudadanos, además de silenciar cualquier voz disidente.
Como indica el Observatorio Derecho y Justicia, “entre marzo de 2020 y febrero de 2021, 318 personas, entre ellas dirigentes comunitarios, defensores de derechos humanos, periodistas y líderes políticos, fueron objeto de detenciones arbitrarias e ilegales por parte de los cuerpos de seguridad, según una investigación realizada por el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) y Laboratorios de Paz.
¿El delito? Protestar o expresar descontento por las fallas de los servicios públicos, informar sobre dichas acciones o sobre el COVID-19”.
El régimen de los estados de excepción ha demostrado durante el tiempo de su vigencia que ha estado lejos de defender la estabilidad del país y de velar por los derechos de la ciudadanía. Por el contrario, más bien fomentó la ruptura institucional, consolidó el Estado de hecho, y agravó la compleja crisis humanitaria que atraviesa el país.
Por otra parte, no resolvió los problemas relacionados con la emergencia económica, el panorama económico del país durante una década se ha agravado diariamente, como lo demuestra un salario mínimo mensual menor a un dólar mensual al cierre de un 2025 con una inflación superior al 200% anual
Este decreto de estado de excepción 2025 promulgado en nombre de la soberanía nacional apunta a que el Gobierno recurra a esta medida para poder ejercer el poder sin control, en el marco de una estrategia de coacción y sometimiento, en el contexto de control absoluto del país manipulando el argumento de la soberanía nacional cuando ha sido el que ha desconocido la soberanía popular al descalificar la victoria popular del 28 de julio 2024.
Fuentes: Transparencia Venezuela, Acceso a la Justicia, Observatorio de Derecho y Justicia, Justicia Venezuela.
Froilán Barrios Nieves Movimiento Laborista
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