Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
- Abelardo Pérez García
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Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
06 Aug 2014 10:23
Desde hace algún tiempo estoy recibiendo mensajes relativos a una futura constitución para Cuba.
Entre varios proyectos serios y progresivos que toman en cuenta la actual constitución del país, la de 1940, que podría sustituir en algunos artículos la actual, para llegar luego a un Proyecto de Tránsito mientras una asamblea constituyente prepara un texto definitivo, he leído una serie de ideas que me preocupan.
Estas ideas defienden esencialmente la creencia que nuestras constituciones hispanoamericanas no han sido hechas por el Pueblo sino por representantes, prácticamente autodeclarados que no tienen la legitimidad suficiente para redactar una constitución ya que la autoridad de la Nación radica en el Pueblo.
La nuestra, cubana , de 1940 empieza efectivamente diciendo: “Nosotros los delegados del pueblo de Cuba, reunidos en convención constituyente…”
Dan entonces como paradigma indiscutible la Constitución Norteamericana que comienza declarando: “We the people…”
Es perfectamente natural y legítimo amar a su patria de adopción, sobre todo si es un gran país democrático.
Es nefasto y…estúpido querer copiarlo en todo.
Me parece que es sentar las bases del servilismo que nunca resulta bueno ni digno.
Permítaseme contar una anécdota: Hace quince años me invitaron a dar una pequeña charla en Tampa sobre algunos aspectos poco conocidos de la poesía de José Martí.
Al terminar, un señor ya mayor se me acercó y me regaló un libro que había escrito sobre las reformas que había que efectuar en la Cuba del futuro.
Este señor, entre otras cosas, proponía suprimir las provincias y sustituirlas por “condados”. La Habana dejaría de ser la capital que se trasladaría a un pueblo nuevo situado en el centro de la Isla y que se llamaría “Distrito de Columbia”…
Dos o tres días más tarde este anciano pasó a verme a casa de los parientes que me hospedaban y me preguntó lo que pensaba de su libro. Le contesté: “Usted quisiera transformar las provincias en condados, ¿quiénes serán los condes?” Se me quedó mirando como si acabara de decirle una tontería; luego añadí: “¿Por qué quiere llamar Distrito de Columbia a la nueva capital?” Me miró de hito en hito y me contestó con aire de triunfo: “Así se llama también aquí en Estados Unidos”.
Si recuerdo esta anécdota es porque me parece que lo mismo está sucediendo con la constitución.
Una persona a quien le tengo cariño y admiración me mandó en un mensaje la forma en que, según ella, se debería encabezar la nueva en la cual, además, se afirmaría el derecho de poseer y llevar armas. Aquí copio:
“Nosotros, el Pueblo de la República de Cuba, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar las bendiciones de la libertad para nosotros y nuestra posteridad, ordenamos y establecemos esta Constitución para la República de Cuba, “
Hay que notar que si la Constitución de los Estados Unidos de América se proponía formar una Unión más perfecta es porque es una Unión de Estados.
Los que tienen una idea relativamente precisa de la historia Norteamericana saben cuánto trabajo pasaron, por ejemplo en la Convención de Annapolis, para satisfacer a todos, grandes como Massachussets y pequeños como Rhode Island o Delaware.
Cuba fue concebida como República Unitaria por lo que la “perfección de la Unión” no tiene sentido en nuestra constitución.
Por otra parte, tengo la impresión que muchos de los admiradores incondicionales de esa constitución se imaginan a “We, the people” tal como es hoy el pueblo norteamericano con sus derechos y libertades.
No recuerdan que ese “We, the people” comprendía únicamente a hombres blancos, propietarios, que supieran leer y escribir y, en muchos estados, sólo a los protestantes.
Se necesitó casi un siglo para que ese “people” se pareciera a lo que se supone ser una democracia y en algunos estados hubo que esperar hasta bien entrado el siglo veinte.
¿Es necesario precisar?
Este “Nosotros, el pueblo” no es más democrático que el “Nosotros, representantes del pueblo” . A mi parecer la Democracia Participativa no puede funcionar correctamente si no hay un marco de Democracia Representativa. De otro modo se puede fácilmente caer en el caos de la anarquía o de la oclocracia.
Entre varios proyectos serios y progresivos que toman en cuenta la actual constitución del país, la de 1940, que podría sustituir en algunos artículos la actual, para llegar luego a un Proyecto de Tránsito mientras una asamblea constituyente prepara un texto definitivo, he leído una serie de ideas que me preocupan.
Estas ideas defienden esencialmente la creencia que nuestras constituciones hispanoamericanas no han sido hechas por el Pueblo sino por representantes, prácticamente autodeclarados que no tienen la legitimidad suficiente para redactar una constitución ya que la autoridad de la Nación radica en el Pueblo.
La nuestra, cubana , de 1940 empieza efectivamente diciendo: “Nosotros los delegados del pueblo de Cuba, reunidos en convención constituyente…”
Dan entonces como paradigma indiscutible la Constitución Norteamericana que comienza declarando: “We the people…”
Es perfectamente natural y legítimo amar a su patria de adopción, sobre todo si es un gran país democrático.
Es nefasto y…estúpido querer copiarlo en todo.
Me parece que es sentar las bases del servilismo que nunca resulta bueno ni digno.
Permítaseme contar una anécdota: Hace quince años me invitaron a dar una pequeña charla en Tampa sobre algunos aspectos poco conocidos de la poesía de José Martí.
Al terminar, un señor ya mayor se me acercó y me regaló un libro que había escrito sobre las reformas que había que efectuar en la Cuba del futuro.
Este señor, entre otras cosas, proponía suprimir las provincias y sustituirlas por “condados”. La Habana dejaría de ser la capital que se trasladaría a un pueblo nuevo situado en el centro de la Isla y que se llamaría “Distrito de Columbia”…
Dos o tres días más tarde este anciano pasó a verme a casa de los parientes que me hospedaban y me preguntó lo que pensaba de su libro. Le contesté: “Usted quisiera transformar las provincias en condados, ¿quiénes serán los condes?” Se me quedó mirando como si acabara de decirle una tontería; luego añadí: “¿Por qué quiere llamar Distrito de Columbia a la nueva capital?” Me miró de hito en hito y me contestó con aire de triunfo: “Así se llama también aquí en Estados Unidos”.
Si recuerdo esta anécdota es porque me parece que lo mismo está sucediendo con la constitución.
Una persona a quien le tengo cariño y admiración me mandó en un mensaje la forma en que, según ella, se debería encabezar la nueva en la cual, además, se afirmaría el derecho de poseer y llevar armas. Aquí copio:
“Nosotros, el Pueblo de la República de Cuba, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar las bendiciones de la libertad para nosotros y nuestra posteridad, ordenamos y establecemos esta Constitución para la República de Cuba, “
Hay que notar que si la Constitución de los Estados Unidos de América se proponía formar una Unión más perfecta es porque es una Unión de Estados.
Los que tienen una idea relativamente precisa de la historia Norteamericana saben cuánto trabajo pasaron, por ejemplo en la Convención de Annapolis, para satisfacer a todos, grandes como Massachussets y pequeños como Rhode Island o Delaware.
Cuba fue concebida como República Unitaria por lo que la “perfección de la Unión” no tiene sentido en nuestra constitución.
Por otra parte, tengo la impresión que muchos de los admiradores incondicionales de esa constitución se imaginan a “We, the people” tal como es hoy el pueblo norteamericano con sus derechos y libertades.
No recuerdan que ese “We, the people” comprendía únicamente a hombres blancos, propietarios, que supieran leer y escribir y, en muchos estados, sólo a los protestantes.
Se necesitó casi un siglo para que ese “people” se pareciera a lo que se supone ser una democracia y en algunos estados hubo que esperar hasta bien entrado el siglo veinte.
¿Es necesario precisar?
Este “Nosotros, el pueblo” no es más democrático que el “Nosotros, representantes del pueblo” . A mi parecer la Democracia Participativa no puede funcionar correctamente si no hay un marco de Democracia Representativa. De otro modo se puede fácilmente caer en el caos de la anarquía o de la oclocracia.
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
07 Aug 2014 14:53
Mi querido amigo Abelardo hace algunos comparaciones que admito me confunden. Cosa que no es de asombrarse pues confusión en materia política es mi estado natural Por lo tanto, esta respuesta son comentarios generales dirigidas a las palabras y no a la persona,
Copio: Es perfectamente natural y legítimo amar a su patria de adopción, sobre todo si es un gran país democrático.
Es nefasto y…estúpido querer copiarlo en todo. Me parece que es sentar las bases del servilismo que nunca resulta bueno ni digno.
Amar a la patria de adopción, sea esta la que sea, es gratitud al país que abre puertas y proporciona oportunidades de libertad, bienestar económico y avance de educación que se les niega al ciudadano en su propia patria. Cuando el sistema de gobierno del país de nacimiento exige que para obtener sus derechos el individuo tiene que adaptarse a los mandatos de la ideología de la maquinaria gobernante es cuando se crea esa base indigna de servilismo. O bajas la cabeza y te haces esclavo del sistema, o pereces.
Copio: Estas ideas defienden esencialmente la creencia que nuestras constituciones hispanoamericanas no han sido hechas por el Pueblo sino por representantes, prácticamente autodeclarados que no tienen la legitimidad suficiente para redactar una constitución ya que la autoridad de la Nación radica en el Pueblo.
Las constituciones no las hacen el caudillo de turno, ni los amigos ni una diáspora. Las constituciones se hacen a través de un Tribunal Constitucional y se someten a la aprobacion través de un referéndum a los ciudadanos que es la autoridad de la Nación y ratificar la misma. Algo por cierto, nunca se hizo con la Constitución cubana vigente hoy en día y por eso algunos preguntan si efectivamente la constitución cubana de hoy es constitucional. Muchos con conocimiento de causa opinan que no lo es.
En el caso de la Constitución de Estados Unidos de América, sus raíces pueden encontrarse en dos documentos: primero, la Carta Magna que crea la precondiciones de las libertades y derechos civiles y dio base más tarde a la Declaración de Derechos (Bill of Rights) firmada en 1791 y Segundo, la constitución francesa. Esta ultima la primera constitución que establece que la soberanía reside en la nación y no en el Rey.
Acá cabe preguntar, ¿Podría la redaccion de la constitution estadounidense considerarse como servilismo indigno a Gran Bretaña y Francia por parte de los próceres de patria? Jefferson y Madison darían tres vueltas en sus tumbas.
Copio: Los que tienen una idea relativamente precisa de la historia Norteamericana saben cuánto trabajo pasaron, por ejemplo en la Convención de Annapolis, para satisfacer a todos, grandes como Massachusetts y pequeños como Rhode Island o Delaware
Efectivamente, mucho trabajo pasaron. Sobre todo cuando se tiene en cuenta que todo partió de “no impuestos sin representación”. Tasas impuestas por el Rey violaban los derechos garantizados a las colonos negándoles “recurso al pataleo”: impuestos sin representación en el Parlamento. Esto dio paso a la frase “lo que un rey ingles no tiene derecho a exigir, un súbdito ingles tiene derecho a rechazar”. La subida de impuestos fue unos de los factores principales que dio inicio a la Independencia de los Estados Unidos y una Constitución que empieza: WE, the people y. como bien comenta el Dr. Jose Azel no con “insufrible detalle paternalista qué valores deben mantener la ciudadana y el Estado” y una lista de deberes fundamentaless de trabajar, alimentar , educar, etc. We the people garantiza el derecho al individuo sus derechos fundamentaless pero no garantiza el recibirlos. Para eso estan las cortes cuando es necesario Recordemos una vez más. WE, the people.
Así de a Pepe y sin contar con nadie, sino acudiendo al Juez Supremo del mundo como testigo, los colonos se declararon Estados (no colonias ) libres e independientes. Exentos de todo deber de súbditos, rompiendo toda conexión política con el Rey.
WE, the people proclamó los dos principios básicos sobre los derechos fundamentales del hombres: Libertad e Igualdad - Liberté et Égalité. Como dijo Marti: Nosotros somos, y nadie nos podrá arrebatar la honra de ser.
Copio: Nosotros, el Pueblo de la República de Cuba, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar las bendiciones de la libertad para nosotros y nuestra posteridad, ordenamos y establecemos esta Constitución para la República de Cuba
Efectivamente, como bien nos recuerda Abelardo, la constitución Estadounidense propone crear una Unión ya que en aquel entonces eran estados coloniales y se buscaba el consenso de todas las colonias. No fue hasta meses después en la Convención de Filadelfia que se declararon Estados y eligieron - por unanimidad - a George Washington como primer presidente de todos los Estados de la naciente Republica.
Abelarddo con su gran atención al detalle nos recuerda que Cuba no es una Union. Efectivamente, no lo es.
Aca preguntar, ¿ si en vez de utilizar la palara Union una constitución cubana empezara: Nosotros, el Pueblo de la República de Cuba, a fin de formar una Nación más perfecta y establecer Justicia resultaría esta en una Justicia diferente? ¿Acaso la Justicia toma distintos matices según la nación sea una “unión de estados’ o una “republica”? Si así fuera¿ por que la representan con un venda en los ojos?
Aceptamos que la semántica en este caso no es la correcta pero el establecer Justicia sigue siendo igual bajo variantes de sistemas políticos.: respeto a los derechos fundamentales del hombre.
Copio: No recuerdan que ese “We, the people” comprendía únicamente a hombres blancos, propietarios, que supieran leer y escribir y, en muchos estados, sólo a los protestantes.
Acá, amigo Abelardo permite un comentario personal: Tal vez los hombres blancos de hoy en día que saben leer y escribir no lo recuerden, pero si eres mujer que has tenido que lidiar y seguir lidiando dentro de esta sociedad de hombres blancos estudiosos que saben leer y por eso consideran tener la verdad absoluta, sí que lo recuerdan, y muy a menudo.
Copio: Este “Nosotros, el pueblo” no es más democrático que el “Nosotros, representantes del pueblo” . A mi parecer la Democracia Participativa no puede funcionar correctamente si no hay un marco de Democracia Representativa. De otro modo se puede fácilmente caer en el caos de la anarquía o de la oclocracia.
De acuerdo con Abelardo y mi discusión perenne con el amigo Gerardo y democracia participativa. Una República Democrática con separación de poderes es preferible a una Democracia Participativa según mi opinión. Precisamente esa separación de poderes fue consagrado en la Constitución de los Estados Unidos. La única Constitución vigente por más de 200 años. Y estoy segura, que mi amigo Abelardo al elegir el marco de una Democracia Representativa esa muy lejos de servilismo indigno a We the people.
La próxima vez invita a tu amigo a un par de mojitos y da gracias que ancianos en Tampa todavía tenga energía para de escribir libros sobre constituciones y crear un Gobierno Transicional Cubano en el Exilio basado “en las normas y procedimientos Constitucionales que establece la propia Constitución Cubana de 1940” aunque nadie vote y no quede ninguno vivo de aquellos que una vez pudieron ser parte en eses procedimientos de sucesión. De ilusiones vive el hombre o sería muy difícil encontrar la valentía y el coraje para enfrentarse al incógnito futuro.
Un abrazo amigo Abelardo, Te debo un par de llamadas y las gracias por tus buenos deseos.
Te queremos.
Ver: gobiernoconstitucionalcubano.org
www.miscelaneasdecuba.net/web/...4f7fca7#.U-OFyMJ0z3g
Copio: Es perfectamente natural y legítimo amar a su patria de adopción, sobre todo si es un gran país democrático.
Es nefasto y…estúpido querer copiarlo en todo. Me parece que es sentar las bases del servilismo que nunca resulta bueno ni digno.
Amar a la patria de adopción, sea esta la que sea, es gratitud al país que abre puertas y proporciona oportunidades de libertad, bienestar económico y avance de educación que se les niega al ciudadano en su propia patria. Cuando el sistema de gobierno del país de nacimiento exige que para obtener sus derechos el individuo tiene que adaptarse a los mandatos de la ideología de la maquinaria gobernante es cuando se crea esa base indigna de servilismo. O bajas la cabeza y te haces esclavo del sistema, o pereces.
Copio: Estas ideas defienden esencialmente la creencia que nuestras constituciones hispanoamericanas no han sido hechas por el Pueblo sino por representantes, prácticamente autodeclarados que no tienen la legitimidad suficiente para redactar una constitución ya que la autoridad de la Nación radica en el Pueblo.
Las constituciones no las hacen el caudillo de turno, ni los amigos ni una diáspora. Las constituciones se hacen a través de un Tribunal Constitucional y se someten a la aprobacion través de un referéndum a los ciudadanos que es la autoridad de la Nación y ratificar la misma. Algo por cierto, nunca se hizo con la Constitución cubana vigente hoy en día y por eso algunos preguntan si efectivamente la constitución cubana de hoy es constitucional. Muchos con conocimiento de causa opinan que no lo es.
En el caso de la Constitución de Estados Unidos de América, sus raíces pueden encontrarse en dos documentos: primero, la Carta Magna que crea la precondiciones de las libertades y derechos civiles y dio base más tarde a la Declaración de Derechos (Bill of Rights) firmada en 1791 y Segundo, la constitución francesa. Esta ultima la primera constitución que establece que la soberanía reside en la nación y no en el Rey.
Acá cabe preguntar, ¿Podría la redaccion de la constitution estadounidense considerarse como servilismo indigno a Gran Bretaña y Francia por parte de los próceres de patria? Jefferson y Madison darían tres vueltas en sus tumbas.
Copio: Los que tienen una idea relativamente precisa de la historia Norteamericana saben cuánto trabajo pasaron, por ejemplo en la Convención de Annapolis, para satisfacer a todos, grandes como Massachusetts y pequeños como Rhode Island o Delaware
Efectivamente, mucho trabajo pasaron. Sobre todo cuando se tiene en cuenta que todo partió de “no impuestos sin representación”. Tasas impuestas por el Rey violaban los derechos garantizados a las colonos negándoles “recurso al pataleo”: impuestos sin representación en el Parlamento. Esto dio paso a la frase “lo que un rey ingles no tiene derecho a exigir, un súbdito ingles tiene derecho a rechazar”. La subida de impuestos fue unos de los factores principales que dio inicio a la Independencia de los Estados Unidos y una Constitución que empieza: WE, the people y. como bien comenta el Dr. Jose Azel no con “insufrible detalle paternalista qué valores deben mantener la ciudadana y el Estado” y una lista de deberes fundamentaless de trabajar, alimentar , educar, etc. We the people garantiza el derecho al individuo sus derechos fundamentaless pero no garantiza el recibirlos. Para eso estan las cortes cuando es necesario Recordemos una vez más. WE, the people.
Así de a Pepe y sin contar con nadie, sino acudiendo al Juez Supremo del mundo como testigo, los colonos se declararon Estados (no colonias ) libres e independientes. Exentos de todo deber de súbditos, rompiendo toda conexión política con el Rey.
WE, the people proclamó los dos principios básicos sobre los derechos fundamentales del hombres: Libertad e Igualdad - Liberté et Égalité. Como dijo Marti: Nosotros somos, y nadie nos podrá arrebatar la honra de ser.
Copio: Nosotros, el Pueblo de la República de Cuba, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar las bendiciones de la libertad para nosotros y nuestra posteridad, ordenamos y establecemos esta Constitución para la República de Cuba
Efectivamente, como bien nos recuerda Abelardo, la constitución Estadounidense propone crear una Unión ya que en aquel entonces eran estados coloniales y se buscaba el consenso de todas las colonias. No fue hasta meses después en la Convención de Filadelfia que se declararon Estados y eligieron - por unanimidad - a George Washington como primer presidente de todos los Estados de la naciente Republica.
Abelarddo con su gran atención al detalle nos recuerda que Cuba no es una Union. Efectivamente, no lo es.
Aca preguntar, ¿ si en vez de utilizar la palara Union una constitución cubana empezara: Nosotros, el Pueblo de la República de Cuba, a fin de formar una Nación más perfecta y establecer Justicia resultaría esta en una Justicia diferente? ¿Acaso la Justicia toma distintos matices según la nación sea una “unión de estados’ o una “republica”? Si así fuera¿ por que la representan con un venda en los ojos?
Aceptamos que la semántica en este caso no es la correcta pero el establecer Justicia sigue siendo igual bajo variantes de sistemas políticos.: respeto a los derechos fundamentales del hombre.
Copio: No recuerdan que ese “We, the people” comprendía únicamente a hombres blancos, propietarios, que supieran leer y escribir y, en muchos estados, sólo a los protestantes.
Acá, amigo Abelardo permite un comentario personal: Tal vez los hombres blancos de hoy en día que saben leer y escribir no lo recuerden, pero si eres mujer que has tenido que lidiar y seguir lidiando dentro de esta sociedad de hombres blancos estudiosos que saben leer y por eso consideran tener la verdad absoluta, sí que lo recuerdan, y muy a menudo.
Copio: Este “Nosotros, el pueblo” no es más democrático que el “Nosotros, representantes del pueblo” . A mi parecer la Democracia Participativa no puede funcionar correctamente si no hay un marco de Democracia Representativa. De otro modo se puede fácilmente caer en el caos de la anarquía o de la oclocracia.
De acuerdo con Abelardo y mi discusión perenne con el amigo Gerardo y democracia participativa. Una República Democrática con separación de poderes es preferible a una Democracia Participativa según mi opinión. Precisamente esa separación de poderes fue consagrado en la Constitución de los Estados Unidos. La única Constitución vigente por más de 200 años. Y estoy segura, que mi amigo Abelardo al elegir el marco de una Democracia Representativa esa muy lejos de servilismo indigno a We the people.
La próxima vez invita a tu amigo a un par de mojitos y da gracias que ancianos en Tampa todavía tenga energía para de escribir libros sobre constituciones y crear un Gobierno Transicional Cubano en el Exilio basado “en las normas y procedimientos Constitucionales que establece la propia Constitución Cubana de 1940” aunque nadie vote y no quede ninguno vivo de aquellos que una vez pudieron ser parte en eses procedimientos de sucesión. De ilusiones vive el hombre o sería muy difícil encontrar la valentía y el coraje para enfrentarse al incógnito futuro.
Un abrazo amigo Abelardo, Te debo un par de llamadas y las gracias por tus buenos deseos.
Te queremos.
Ver: gobiernoconstitucionalcubano.org
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Reply to Marta Menor
- Abelardo Pérez García
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
07 Aug 2014 16:54 - 08 Aug 2014 08:33
Lamento que nuestra querida Marta – por quien, repito, siento una gran amistad- se haya quedado confundida por mi escrito. Creo que lo leyó muy de prisa y confundió lo que yo escribí con lo que ella se figuró que yo quería decir.
Cualquiera que lea atentamente lo que yo escribí y analice después sus comentarios verá que sus respuestas están completamente fuera de tema y que no contradicen en nada mi escrito – es más, creo poder afirmar que no tienen nada que ver con lo que yo dije- igual que yo no pongo en entredicho nada de lo que ella afirma.
Nuestra amiga Marta creyó quizá ver una crítica a la Constitución Norteamericana. No he criticado para nada esa constitución. O a lo mejor se creyó que yo criticaba a los Estados Unidos, cosa que no hice en absoluto.
Sólo me opuse a los que quieren copiar en todo a otro país por el cual sienten legítimamente amor y/o admiración.
Richard Wagner (se pronuncia Vágner y no Guágner; era alemán) decía a los jóvenes músicos que lo admiraban: “No debéis copiar a nadie, sobre todo a mí”
Si lo vuelve a leer con calma estoy prácticamente seguro de que entenderá lo que digo.
Eso le permitirá evitar algunos resabios desafortunados como ese feminismo de mala ley y no escribir un artículo “absolutely rambling”.
Cualquiera que lea atentamente lo que yo escribí y analice después sus comentarios verá que sus respuestas están completamente fuera de tema y que no contradicen en nada mi escrito – es más, creo poder afirmar que no tienen nada que ver con lo que yo dije- igual que yo no pongo en entredicho nada de lo que ella afirma.
Nuestra amiga Marta creyó quizá ver una crítica a la Constitución Norteamericana. No he criticado para nada esa constitución. O a lo mejor se creyó que yo criticaba a los Estados Unidos, cosa que no hice en absoluto.
Sólo me opuse a los que quieren copiar en todo a otro país por el cual sienten legítimamente amor y/o admiración.
Richard Wagner (se pronuncia Vágner y no Guágner; era alemán) decía a los jóvenes músicos que lo admiraban: “No debéis copiar a nadie, sobre todo a mí”
Si lo vuelve a leer con calma estoy prácticamente seguro de que entenderá lo que digo.
Eso le permitirá evitar algunos resabios desafortunados como ese feminismo de mala ley y no escribir un artículo “absolutely rambling”.
Last edit: 08 Aug 2014 08:33 by Abelardo Pérez García. Reason: rectificación
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- Gerardo E. Martínez-Solanas
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
07 Aug 2014 20:08 - 08 Aug 2014 06:05
Dice Marta:
La democracia participativa es representativa, puesto que prácticamente ninguna nación puede gobernarse sin representatividad. La diferencia la establecen los mecanismos de participación que están ausentes en la mayoría de las democracias representativas actuales. En una avanzada democracia participativa, el poder legislativo estaría equilibrado por un Senado que representaría a las provincias o estados y sería elegido por medio de candidaturas partidistas, y un Congreso o Asamblea cuyos diputados o asambleístas se irían eligiendo escalonadamente desde la base comunitaria y municipal hasta el nivel nacional, por sus méritos personales y no por su afiliación. Sería, además, un mecanismo semi-parlamentario porque tendría un Presidente administrador en la rama ejecutiva y un poderoso Primer Ministro encargado de vigilar el cumplimiento por parte del Poder Ejecutivo de los mandatos del pueblo emanados del Poder Legislativo.
Por otra parte, respecto a uno de los argumentos de Abelardo, no es lo mismo que una Constitución diga Nosotros, el pueblo, que diga más específicamente Nosotros, los representantes del pueblo. En esta segunda versión, los "representantes" se convierten en el agente constituyente. Por lo tanto, está en sus manos cambiar, anular y hasta tergiversar mediante el peso de la mayoría. En la primera versión, esta autoridad no les pertenece porque la Constitución se debe al PUEBLO como un todo. No admite sectarismos ni partidismos. En otras palabras, tiene una base profundamente consensual y los representantes del pueblo se tienen que limitar en sus funciones al consenso nacional que cristaliza en esa Ley Suprema.
Por eso muchas constituciones en nuestra civilización judeocristiana se acogen a la voluntad de Dios ("under God" o "bajo el amparo de Dios"). Como los constituyentes no tienen un papel firmado por Dios con las normas que deben seguir, se guían bajo este concepto por los principios básicos que la humanidad ha ido consolidando e indentificando como "derecho natural". Una de las grandes conquistas de la humanidad ha sido precisamente la codificación de este derecho natural en los cuatro instrumentos internacionalmente reconocidos de derechos humanos, con el mandato de considerarlos inherentes e indivisibles, como corresponde al derecho natural. Ninguna mayoría, aunque sea del 99,9% tiene por lo tanto autoridad para suprimirlos. Sencillamente, porque el derecho natural trasciende los impulsos y ambiciones humanas.
Ni que decir lo chocante que me resultó leer de alguien tan ponderado como Abelardo la frase en la que afirma que es "estúpido querer copiarlo todo" con la asombrosa conclusión de que hacerlo "es sentar las bases del servilismo".
Pues bien, yo copio muchas citas cuando me parece que son buenas y edificantes; nunca se me ocurre cambiarlas para que suenen mejor. Y copio la Declaración Universal de Derechos Humanos sin añadirle ni ponerle una mísera coma. Es más, propongo que sea texto obigatorio de todas las Constituciones del mundo. Claro está que esta es una propuesta, pero bastante racional, porque las versiones constitucionales que he leído, en sus artículos referentes a derechos y libertades suelen quedarse bien cortas del ideal de confraternidad humana o matizan sus disposiciones con propósitos políticos que poco tienen que ver con el bienestar, la felicidad y la vida decorosa de sus ciudadanos.
Dentro de los parámetros de los derechos humanos establecidos universalmente, sería justo que el pueblo cubano pudiera organizarse en su diversidad política para redactar libremente una Constitución autóctona. No obstante, cuánto mejor sería el mundo en el que vivimos si muchos países en los que reina la opresión y la tiranía, como las que sufren los cubanos desde hace más de medio siglo, hubieran copiado la Constitucion de Estados Unidos a tiempo para evitar semejantes tragedias. Por supuesto que esta Constitución no es perfecta, como ninguna realización humana, pero su mecanismo de enmiendas ha permitido añadirle segmentos tan importantes (aunque incompletos) como el Bill of Rights, al tiempo que ha impedido los excesos deplorables de las mayorías abusadoras o de las minorías dictatoriales.
Este desacuerdo se debe a que no ha entendido bien los principios y mecanismos de la democracia participativa auténtica. Además, creo que ha leído el libro " Gobierno del Pueblo ", que publiqué en 1997, pero ha olvidado el esquema básico que señala claramente la división de poderes: ejecutivo, legislativo y judicial; proponiendo un cuarto poder económico para vigilar los presupuestos y gastos del Estado."De acuerdo con Abelardo y mi discusión perenne con el amigo Gerardo y democracia participativa. Una República Democrática con separación de poderes es preferible a una Democracia Participativa según mi opinión. Precisamente esa separación de poderes fue consagrado en la Constitución de los Estados Unidos."
La democracia participativa es representativa, puesto que prácticamente ninguna nación puede gobernarse sin representatividad. La diferencia la establecen los mecanismos de participación que están ausentes en la mayoría de las democracias representativas actuales. En una avanzada democracia participativa, el poder legislativo estaría equilibrado por un Senado que representaría a las provincias o estados y sería elegido por medio de candidaturas partidistas, y un Congreso o Asamblea cuyos diputados o asambleístas se irían eligiendo escalonadamente desde la base comunitaria y municipal hasta el nivel nacional, por sus méritos personales y no por su afiliación. Sería, además, un mecanismo semi-parlamentario porque tendría un Presidente administrador en la rama ejecutiva y un poderoso Primer Ministro encargado de vigilar el cumplimiento por parte del Poder Ejecutivo de los mandatos del pueblo emanados del Poder Legislativo.
Por otra parte, respecto a uno de los argumentos de Abelardo, no es lo mismo que una Constitución diga Nosotros, el pueblo, que diga más específicamente Nosotros, los representantes del pueblo. En esta segunda versión, los "representantes" se convierten en el agente constituyente. Por lo tanto, está en sus manos cambiar, anular y hasta tergiversar mediante el peso de la mayoría. En la primera versión, esta autoridad no les pertenece porque la Constitución se debe al PUEBLO como un todo. No admite sectarismos ni partidismos. En otras palabras, tiene una base profundamente consensual y los representantes del pueblo se tienen que limitar en sus funciones al consenso nacional que cristaliza en esa Ley Suprema.
Por eso muchas constituciones en nuestra civilización judeocristiana se acogen a la voluntad de Dios ("under God" o "bajo el amparo de Dios"). Como los constituyentes no tienen un papel firmado por Dios con las normas que deben seguir, se guían bajo este concepto por los principios básicos que la humanidad ha ido consolidando e indentificando como "derecho natural". Una de las grandes conquistas de la humanidad ha sido precisamente la codificación de este derecho natural en los cuatro instrumentos internacionalmente reconocidos de derechos humanos, con el mandato de considerarlos inherentes e indivisibles, como corresponde al derecho natural. Ninguna mayoría, aunque sea del 99,9% tiene por lo tanto autoridad para suprimirlos. Sencillamente, porque el derecho natural trasciende los impulsos y ambiciones humanas.
Ni que decir lo chocante que me resultó leer de alguien tan ponderado como Abelardo la frase en la que afirma que es "estúpido querer copiarlo todo" con la asombrosa conclusión de que hacerlo "es sentar las bases del servilismo".
Pues bien, yo copio muchas citas cuando me parece que son buenas y edificantes; nunca se me ocurre cambiarlas para que suenen mejor. Y copio la Declaración Universal de Derechos Humanos sin añadirle ni ponerle una mísera coma. Es más, propongo que sea texto obigatorio de todas las Constituciones del mundo. Claro está que esta es una propuesta, pero bastante racional, porque las versiones constitucionales que he leído, en sus artículos referentes a derechos y libertades suelen quedarse bien cortas del ideal de confraternidad humana o matizan sus disposiciones con propósitos políticos que poco tienen que ver con el bienestar, la felicidad y la vida decorosa de sus ciudadanos.
Dentro de los parámetros de los derechos humanos establecidos universalmente, sería justo que el pueblo cubano pudiera organizarse en su diversidad política para redactar libremente una Constitución autóctona. No obstante, cuánto mejor sería el mundo en el que vivimos si muchos países en los que reina la opresión y la tiranía, como las que sufren los cubanos desde hace más de medio siglo, hubieran copiado la Constitucion de Estados Unidos a tiempo para evitar semejantes tragedias. Por supuesto que esta Constitución no es perfecta, como ninguna realización humana, pero su mecanismo de enmiendas ha permitido añadirle segmentos tan importantes (aunque incompletos) como el Bill of Rights, al tiempo que ha impedido los excesos deplorables de las mayorías abusadoras o de las minorías dictatoriales.
Last edit: 08 Aug 2014 06:05 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
08 Aug 2014 09:39
¡Alucinante !
Tengo que llegar a la triste conclusión que lo que escribo resulta particularmente oscuro y embrollado para mis amigos de Estados Unidos.
No sólo Marta defendió al viejecito de Tampa, quien a mi parecer había perdido la cabeza cuando propuso “copiar” el sistema territorial norteamericano en una Cuba futura,
sino que lo habría incitado a seguir escribiendo proyectos constitucionales “según las normas de la Constitución del 40” (¿?)
Ahora Gerardo, y no es la primera vez, deforma completamente lo que escribí y que, según dice, encontró muy chocante.
Es verdad que yo escribí: “es estúpido querer copiarlo todo” pero lo escribí en un contexto bien determinado y claro.
Sacar la cita de dicho contexto es transformar totalmente sus sentido. Se trataba de la imitación beata de los usos y costumbres de un país extranjero.
“Sólo me opuse a los que quieren copiar en todo a otro país” escribí luego para precisar en mi respuesta a Marta.
En mi texto, copiar tiene obviamente el sentido de imitar como cuando teníamos quince años “copiábamos” a Elvis en su peinado y modo de vestir.
No entiendo cómo Gerardo pudo pensar que yo hablaba de copiar literalmente textos, constitucionales u otros. Claro que eso también entra en lo que significa copiar y a veces servilmente, si se trata de textos característicos de la idiosincrasia y al uso de extranjeros, y tanto lo es que podemos no darnos cuenta de que la palabra Unión no nos servía en este caso a nosotros los cubanos.
Marta rectificó felizmente en su respuesta.
En algunos momentos me pongo a imaginar que si el exilio cubano se hubiera dirigido a Inglaterra, en vez de a EEUU, algunos nos dirían hoy que no es necesario tener una constitución. Por lo menos una constitución escrita.
¿Cómo? ¿Algunos no lo sabían?
Pues así es. Inglaterra no tiene constitución como nosotros lo entendemos. Nos dirían también que hay que manejar por la izquierda. Comer oca asada en Navidad y Christmas pudding (delicioso por lo demás) en vez de lechón con arroz con frijoles y yuca con mojo, etc, etc.
¿Qué diría yo entonces?
Pues diría que están copiando servilmente a Inglaterra. Chocante, Gerardo, ¿no es verdad?
Tengo que llegar a la triste conclusión que lo que escribo resulta particularmente oscuro y embrollado para mis amigos de Estados Unidos.
No sólo Marta defendió al viejecito de Tampa, quien a mi parecer había perdido la cabeza cuando propuso “copiar” el sistema territorial norteamericano en una Cuba futura,
sino que lo habría incitado a seguir escribiendo proyectos constitucionales “según las normas de la Constitución del 40” (¿?)
Ahora Gerardo, y no es la primera vez, deforma completamente lo que escribí y que, según dice, encontró muy chocante.
Es verdad que yo escribí: “es estúpido querer copiarlo todo” pero lo escribí en un contexto bien determinado y claro.
Sacar la cita de dicho contexto es transformar totalmente sus sentido. Se trataba de la imitación beata de los usos y costumbres de un país extranjero.
“Sólo me opuse a los que quieren copiar en todo a otro país” escribí luego para precisar en mi respuesta a Marta.
En mi texto, copiar tiene obviamente el sentido de imitar como cuando teníamos quince años “copiábamos” a Elvis en su peinado y modo de vestir.
No entiendo cómo Gerardo pudo pensar que yo hablaba de copiar literalmente textos, constitucionales u otros. Claro que eso también entra en lo que significa copiar y a veces servilmente, si se trata de textos característicos de la idiosincrasia y al uso de extranjeros, y tanto lo es que podemos no darnos cuenta de que la palabra Unión no nos servía en este caso a nosotros los cubanos.
Marta rectificó felizmente en su respuesta.
En algunos momentos me pongo a imaginar que si el exilio cubano se hubiera dirigido a Inglaterra, en vez de a EEUU, algunos nos dirían hoy que no es necesario tener una constitución. Por lo menos una constitución escrita.
¿Cómo? ¿Algunos no lo sabían?
Pues así es. Inglaterra no tiene constitución como nosotros lo entendemos. Nos dirían también que hay que manejar por la izquierda. Comer oca asada en Navidad y Christmas pudding (delicioso por lo demás) en vez de lechón con arroz con frijoles y yuca con mojo, etc, etc.
¿Qué diría yo entonces?
Pues diría que están copiando servilmente a Inglaterra. Chocante, Gerardo, ¿no es verdad?
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
19 Aug 2014 08:02
Las constituciones de los paises de America Latina, incluyendo la Constitucion del 40 en Cuba, se asemejaban mas a constituir programas sociales que a servir como documento fundamental para el ordenamiento politico de una nacion, como ha logrado servir la constitucion de los EEUU. El Dr. Jose Azel lo explica de una manera sencilla, haciendo ver que el problema estriba en que todos esos documentos son, al fin y al cabo, reflejo del pensamiento politico de los lideres publicos de la epoca, y no reconocen la primacia politica de las naciones en si, sobre sus representantes. (J A Font)
JOSE AZEL: Nosotros, el pueblo
Las constituciones de los países latinoamericanos, casi sin excepción, comienzan exaltando el estado-nación o destacando el papel patriarcal de los funcionarios electos. “Nosotros, los Representantes del pueblo de Costa Rica… El Congreso de la República de Venezuela… El Congreso Constituyente Democrático (de Perú), invocando a Dios Todopoderoso… De la Nación, de su Soberanía y de su Gobierno (República Dominicana)… Nosotros, Diputados electos (de Honduras)… La Nación Panameña… La república Oriental del Uruguay es la asociación política…”
Generalmente, las constituciones pasan entonces a exigir, en insufrible detalle paternalista, qué valores deben mantener la ciudadanía y el Estado. Por ejemplo, el Artículo 8 de la Constitución boliviana prescribe que “Toda persona tiene los siguientes deberes fundamentales: (b) De Trabajar… en actividades socialmente útiles. (c) De Adquirir instrucción, por lo menos, primaria. (e) De Asistir, alimentar y educar a sus hijos… así como de proteger y socorrer a sus padres… (g) De Cooperar con los órganos del Estado y la comunidad…”. Todas, loables ambiciones, pero ¿necesitamos que la Constitución o el Estado ordene hacer esto?
El Artículo 4 de la Constitución nicaragüense establece que el “Estado promoverá y garantizará los avances de carácter social y político para asegurar el bien común…” La Constitución paraguaya, en el Artículo 6, señala que “la calidad de vida será promovida por el Estado mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionales…” Perú, en el Artículo 2 (6), quiere asegurar que “los servicios informáticos… no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar”. Y Ecuador requiere que el Estado planifique el desarrollo nacional y erradique la pobreza.
En vívido contraste, la Constitución de Estados Unidos –la más corta constitución escrita– no solamente comienza otorgando todo el poder a “Nosotros, el pueblo”, sino que procede inmediatamente a establecer los límites del gobierno y garantizar las libertades individuales en los siete primeros artículos y en la Declaración de Derechos.
Explícita e implícitamente el pensamiento latinoamericano de gobierno estatista es que el poder debe descansar no en el pueblo, sino en los ilustrados representantes que arrogantemente consideran que ellos saben lo que es mejor para el pueblo. Esta variedad de paternalismo epistemológico sostiene que nuestras decisiones individuales están sujetas a errores que perjudican nuestro bienestar y, por consiguiente, por nuestro propio bien, debemos confiar en que el gobierno tenga autoridad sobre nuestra toma de decisiones.
Esto nos infantiliza, porque como adultos somos los mejores jueces de lo que nos conviene en nuestras vidas. Además, normalmente decidimos mejor que aquellos que se esfuerzan, con programas gubernamentales, en escoger por nosotros un diseño que sirva para todos. Es cierto, cometemos errores, pero a menudo son instructivos y mejoran nuestra toma de decisiones futura. Los funcionarios públicos, incluso los más íntegros enfocados al servicio público, también cometen errores. A fin de cuentas, nuestros errores suelen ser menos dañinos que los de los funcionarios públicos. El paternalismo gubernamental empeora nuestras vidas aunque sea solamente porque cuando nos niega la libertad de opción sufrimos una pérdida en nuestro bienestar.
La incapacidad incluso de familiares y amigos para conocer lo que nos gustaría es esmeradamente expresada por Joel Waldfogel en su libro Economía mezquina: Por qué usted no debe comprar regalos para las festividades. No importa cuánto esfuerzo hagamos para encontrar regalos adecuados para nuestros seres queridos, tendemos a equivocarnos y terminamos entregando regalos que los receptores no comprarían para ellos mismos. Las investigaciones demuestran que cuando las selecciones no son hechas por los consumidores finales, quienes reciben los regalos no hubieran pagado ni una cantidad cercana a lo que nosotros pagamos –en promedio, pagarían solamente el veinticinco por ciento de nuestros precios de compra. El gobierno, tratando neciamente de decidir por nosotros, destroza riqueza.
Los gobiernos latinoamericanos harían mejor echando a un lado sus hábitos paternalistas y estatistas y practicando el Principio de Perjuicio de John Stuart Mill, de que “el único propósito por el que el poder puede ser correctamente ejercido sobre cualquier miembro de la comunidad civilizada, contra su voluntad, es para prevenir un daño a otros. Su propio bienestar, sea físico o mental, no es justificación suficiente. No puede legítimamente ser forzado a hacer o haber hecho algo porque sería mejor para él hacerlo, porque eso lo haría más feliz o porque, en opinión de los demás, hacerlo sería inteligente, o incluso correcto...”.
Nosotros, el pueblo, sabemos lo que más nos conviene.
Profesor Investigador en el Instituto de Estudios Cubanos y Cubano-Americanos de la Universidad de Miami y autor del libro Mañana in Cuba.
JOSE AZEL: Nosotros, el pueblo
Las constituciones de los países latinoamericanos, casi sin excepción, comienzan exaltando el estado-nación o destacando el papel patriarcal de los funcionarios electos. “Nosotros, los Representantes del pueblo de Costa Rica… El Congreso de la República de Venezuela… El Congreso Constituyente Democrático (de Perú), invocando a Dios Todopoderoso… De la Nación, de su Soberanía y de su Gobierno (República Dominicana)… Nosotros, Diputados electos (de Honduras)… La Nación Panameña… La república Oriental del Uruguay es la asociación política…”
Generalmente, las constituciones pasan entonces a exigir, en insufrible detalle paternalista, qué valores deben mantener la ciudadanía y el Estado. Por ejemplo, el Artículo 8 de la Constitución boliviana prescribe que “Toda persona tiene los siguientes deberes fundamentales: (b) De Trabajar… en actividades socialmente útiles. (c) De Adquirir instrucción, por lo menos, primaria. (e) De Asistir, alimentar y educar a sus hijos… así como de proteger y socorrer a sus padres… (g) De Cooperar con los órganos del Estado y la comunidad…”. Todas, loables ambiciones, pero ¿necesitamos que la Constitución o el Estado ordene hacer esto?
El Artículo 4 de la Constitución nicaragüense establece que el “Estado promoverá y garantizará los avances de carácter social y político para asegurar el bien común…” La Constitución paraguaya, en el Artículo 6, señala que “la calidad de vida será promovida por el Estado mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionales…” Perú, en el Artículo 2 (6), quiere asegurar que “los servicios informáticos… no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar”. Y Ecuador requiere que el Estado planifique el desarrollo nacional y erradique la pobreza.
En vívido contraste, la Constitución de Estados Unidos –la más corta constitución escrita– no solamente comienza otorgando todo el poder a “Nosotros, el pueblo”, sino que procede inmediatamente a establecer los límites del gobierno y garantizar las libertades individuales en los siete primeros artículos y en la Declaración de Derechos.
Explícita e implícitamente el pensamiento latinoamericano de gobierno estatista es que el poder debe descansar no en el pueblo, sino en los ilustrados representantes que arrogantemente consideran que ellos saben lo que es mejor para el pueblo. Esta variedad de paternalismo epistemológico sostiene que nuestras decisiones individuales están sujetas a errores que perjudican nuestro bienestar y, por consiguiente, por nuestro propio bien, debemos confiar en que el gobierno tenga autoridad sobre nuestra toma de decisiones.
Esto nos infantiliza, porque como adultos somos los mejores jueces de lo que nos conviene en nuestras vidas. Además, normalmente decidimos mejor que aquellos que se esfuerzan, con programas gubernamentales, en escoger por nosotros un diseño que sirva para todos. Es cierto, cometemos errores, pero a menudo son instructivos y mejoran nuestra toma de decisiones futura. Los funcionarios públicos, incluso los más íntegros enfocados al servicio público, también cometen errores. A fin de cuentas, nuestros errores suelen ser menos dañinos que los de los funcionarios públicos. El paternalismo gubernamental empeora nuestras vidas aunque sea solamente porque cuando nos niega la libertad de opción sufrimos una pérdida en nuestro bienestar.
La incapacidad incluso de familiares y amigos para conocer lo que nos gustaría es esmeradamente expresada por Joel Waldfogel en su libro Economía mezquina: Por qué usted no debe comprar regalos para las festividades. No importa cuánto esfuerzo hagamos para encontrar regalos adecuados para nuestros seres queridos, tendemos a equivocarnos y terminamos entregando regalos que los receptores no comprarían para ellos mismos. Las investigaciones demuestran que cuando las selecciones no son hechas por los consumidores finales, quienes reciben los regalos no hubieran pagado ni una cantidad cercana a lo que nosotros pagamos –en promedio, pagarían solamente el veinticinco por ciento de nuestros precios de compra. El gobierno, tratando neciamente de decidir por nosotros, destroza riqueza.
Los gobiernos latinoamericanos harían mejor echando a un lado sus hábitos paternalistas y estatistas y practicando el Principio de Perjuicio de John Stuart Mill, de que “el único propósito por el que el poder puede ser correctamente ejercido sobre cualquier miembro de la comunidad civilizada, contra su voluntad, es para prevenir un daño a otros. Su propio bienestar, sea físico o mental, no es justificación suficiente. No puede legítimamente ser forzado a hacer o haber hecho algo porque sería mejor para él hacerlo, porque eso lo haría más feliz o porque, en opinión de los demás, hacerlo sería inteligente, o incluso correcto...”.
Nosotros, el pueblo, sabemos lo que más nos conviene.
Profesor Investigador en el Instituto de Estudios Cubanos y Cubano-Americanos de la Universidad de Miami y autor del libro Mañana in Cuba.
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- Gerardo E. Martínez-Solanas
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
05 Sep 2014 18:58 - 05 Sep 2014 19:02
Dijo Abelardo:
¡Ah! Y mi insistencia no es una muestra de servilismo hacia las Naciones Unidas!!! ... que conste.
¡No, Abelardo! Tienen derecho a copiar a los ingleses si así lo creen mejor. O incluso a modificar a su modo lo que han copiado. No es "servilismo" sino la esencia de la democracia: la capacidad de elegir -¡y también de copiar!- sin interferencias ni represalias. Eso sí, ese derecho cesa si de algún modo intenta violar los derechos inalienables de los demás. Por eso insisto tanto en que las Constituciones reflejen o, mejor aún, copien en su texto la Declaración Universal de Derechos Humanos, que codifica precisamente lo que no puede cambiar legítimamente una mayoría.En algunos momentos me pongo a imaginar que si el exilio cubano se hubiera dirigido a Inglaterra, en vez de a EEUU, algunos nos dirían hoy que no es necesario tener una constitución. Por lo menos una constitución escrita.
¿Cómo? ¿Algunos no lo sabían?
Pues así es. Inglaterra no tiene constitución como nosotros lo entendemos. Nos dirían también que hay que manejar por la izquierda. Comer oca asada en Navidad y Christmas pudding (delicioso por lo demás) en vez de lechón con arroz con frijoles y yuca con mojo, etc, etc.
¿Qué diría yo entonces?
Pues diría que están copiando servilmente a Inglaterra. Chocante, Gerardo, ¿no es verdad?
¡Ah! Y mi insistencia no es una muestra de servilismo hacia las Naciones Unidas!!! ... que conste.
Last edit: 05 Sep 2014 19:02 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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- Abelardo Pérez García
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
06 Sep 2014 16:04
Claro que tienen dererecho a copiar todo que quieran.
¿En qué parte de lo que escribí - y que cita Gerardo - se lee que yo les negaba ese derecho?
Cualquiera que sepa leer lo puede comprobar.
Lo que sí opino es que copiar (o tratar de imitar) a los demás no da necesariamente un resultado mejor y conlleva una pérdida de su propia identidad.
Por otra parte yo tengo derecho a decir que algo no me parece bien sin que esta opinión sea considerada como una "interferencia" por lo visto indeseable.
Así es la verdadera democracia, sin ideas "intocables"
¿En qué parte de lo que escribí - y que cita Gerardo - se lee que yo les negaba ese derecho?
Cualquiera que sepa leer lo puede comprobar.
Lo que sí opino es que copiar (o tratar de imitar) a los demás no da necesariamente un resultado mejor y conlleva una pérdida de su propia identidad.
Por otra parte yo tengo derecho a decir que algo no me parece bien sin que esta opinión sea considerada como una "interferencia" por lo visto indeseable.
Así es la verdadera democracia, sin ideas "intocables"
Reply to Abelardo Pérez García
- Gerardo E. Martínez-Solanas
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
06 Sep 2014 17:17 - 06 Sep 2014 17:21
¿Por qué el amigo Abelardo toma un argumento sobre lo que es la democracia como un ataque personal o una descalificación? Que me disculpe si no me he expresado claramente o si no tengo la suficiente capacidad para interpretar debidamente sus argumentos. Sencillamente, tomo la opinión que expresa sobre constituciones y tendencias culturales y propongo la mía. Por supuesto que al referirme a "interferencias ni represalias" estaba señalando la condición en que una seudodemocracia deriva hacia el autoritarismo y la dictadura porque la capacidad de elegir se ve limitada por "interferencias y represalias" de los represores.
Tampoco en ninguna parte de mis escritos he dicho que Abelardo les "negaba ese derecho". Me asombra esa interpretación, porque creía que mi argumento claramente afirmaba el derecho a elegir o a copiar en una sociedad libre y subrayaba que la invasión cultural por imitación no es servilismo sino elección.
No condeno los gustos de otros ni las influencias culturales a las que pueda acceder, pero sí puedo criticarlos, y le reconozco a Abelardo todo el derecho de hacerlo también. Tampoco critico a Abelardo ni lo califico sino que antepongo mis criterios a los que ha expresado. Creo que se trata de un intercambio de ideas y no de personalidades ni de acusaciones mutuas. Por ejemplo, estoy convencido de que cuando adopto las ideas de Jefferson no por eso pierdo mi propia identidad de cubano. Pero esta convicción personal no significa una descalificación de las ideas y opiniones de Abelardo.
Es ese respeto mutuo la esencia de la verdadera democracia, «sin ideas "intocables"», ¡ incluyendo las mías y las de Abelardo!
Tampoco en ninguna parte de mis escritos he dicho que Abelardo les "negaba ese derecho". Me asombra esa interpretación, porque creía que mi argumento claramente afirmaba el derecho a elegir o a copiar en una sociedad libre y subrayaba que la invasión cultural por imitación no es servilismo sino elección.
No condeno los gustos de otros ni las influencias culturales a las que pueda acceder, pero sí puedo criticarlos, y le reconozco a Abelardo todo el derecho de hacerlo también. Tampoco critico a Abelardo ni lo califico sino que antepongo mis criterios a los que ha expresado. Creo que se trata de un intercambio de ideas y no de personalidades ni de acusaciones mutuas. Por ejemplo, estoy convencido de que cuando adopto las ideas de Jefferson no por eso pierdo mi propia identidad de cubano. Pero esta convicción personal no significa una descalificación de las ideas y opiniones de Abelardo.
Es ese respeto mutuo la esencia de la verdadera democracia, «sin ideas "intocables"», ¡ incluyendo las mías y las de Abelardo!
Last edit: 06 Sep 2014 17:21 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
Reply to Gerardo E. Martínez-Solanas
- José Manuel Palli
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba
09 Sep 2014 17:23
"Copiar, o no copiar". Is that the question?...
Salvo en el colegio y en perìodo de exàmenes, en mi niñez a mi nunca me enseñaron que uno no tiene derecho a copiar lo que desee copiar, sobre todo las buenas y sanas costumbres... Tuve que llegar a la adultez, balanceada por mi condiciòn de abogado, para caer en cuenta del porqué habia ciertas cosas que, en virtud del derecho a la propiedad intelectual, no se podian copiar libremente (por buenas y sanas que fueran, como es el caso de las medicinas para males endémicos). Dije "caer en cuenta", y no "entender"...
En cuanto a las constituciones (o a las leyes en general) el derecho a copiarlas existe -como bien sostiene el amigo Gerardo-, y se lo practica casi que con fervor en muchos lugares del mundo, aunque en mi humilde y personal opiniòn, las experiencias que yo conozco en cuanto al copiado constitucional no son demasiado alentadoras. Eso fue todo lo que yo entendì que dijo el amigo Abelardo que podìa ocurrir con el copiado mas fiel y entusiasta, y en eso coincido plenamente con él.
En cuanto a las razones por las cuales no funcionan del todo bien esas experiencias en el copiado de las constituciones y las leyes, para mi se debe a que tanto las constituciones como las leyes son parte de la cultura, de la idiosincracia de un pueblo, y como no todos los pueblos son iguales....
Yo llevo 35 años afincado en Miami y no me reconozco a mi mismo como parte de la cultura y la idiosincracia Mayamera, quizàs porque mi cultura y mi idiosincracia son las de otro(s) pueblo(s)... Confieso que a veces me siento como que mi problema es que soy de otra época, y no de otro(s) pueblo(s), por que la "bendita" globalizaciòn parece borrar cada vez con mayor vehemencia las diferencias culturales y las diversas idiosincracias. Pero de vez en cuando tengo una experiencia reconfortante como la que tuve este verano de visita en Seattle, que me hacen ver que aun en nuestro gran paìs subsisten las diferencias culturales (a veces siderales) y de idiosincracia. Un Mayamero de pura cepa estarìa mas perdido -a la hora de reconocer su identidad y su cultura- en Seattle que un Yankee en la Corte del Rey Arturo...
Salvo en el colegio y en perìodo de exàmenes, en mi niñez a mi nunca me enseñaron que uno no tiene derecho a copiar lo que desee copiar, sobre todo las buenas y sanas costumbres... Tuve que llegar a la adultez, balanceada por mi condiciòn de abogado, para caer en cuenta del porqué habia ciertas cosas que, en virtud del derecho a la propiedad intelectual, no se podian copiar libremente (por buenas y sanas que fueran, como es el caso de las medicinas para males endémicos). Dije "caer en cuenta", y no "entender"...
En cuanto a las constituciones (o a las leyes en general) el derecho a copiarlas existe -como bien sostiene el amigo Gerardo-, y se lo practica casi que con fervor en muchos lugares del mundo, aunque en mi humilde y personal opiniòn, las experiencias que yo conozco en cuanto al copiado constitucional no son demasiado alentadoras. Eso fue todo lo que yo entendì que dijo el amigo Abelardo que podìa ocurrir con el copiado mas fiel y entusiasta, y en eso coincido plenamente con él.
En cuanto a las razones por las cuales no funcionan del todo bien esas experiencias en el copiado de las constituciones y las leyes, para mi se debe a que tanto las constituciones como las leyes son parte de la cultura, de la idiosincracia de un pueblo, y como no todos los pueblos son iguales....
Yo llevo 35 años afincado en Miami y no me reconozco a mi mismo como parte de la cultura y la idiosincracia Mayamera, quizàs porque mi cultura y mi idiosincracia son las de otro(s) pueblo(s)... Confieso que a veces me siento como que mi problema es que soy de otra época, y no de otro(s) pueblo(s), por que la "bendita" globalizaciòn parece borrar cada vez con mayor vehemencia las diferencias culturales y las diversas idiosincracias. Pero de vez en cuando tengo una experiencia reconfortante como la que tuve este verano de visita en Seattle, que me hacen ver que aun en nuestro gran paìs subsisten las diferencias culturales (a veces siderales) y de idiosincracia. Un Mayamero de pura cepa estarìa mas perdido -a la hora de reconocer su identidad y su cultura- en Seattle que un Yankee en la Corte del Rey Arturo...
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