Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 18:16
#8389
Acabo de leer en el mensaje de Gerardo:
"[...] los delegados tienen plena autoridad para encabezar el texto con la frase "Nosotros, el pueblo, hemos decidido a través de nuestros delegados ...", porque ellos, los delegados, no habrían decidido por sí mismos sino por los mandatos de su pueblo."

Pues entonces yo no debo pertenecer al pueblo porque mi mandato, para denominarse así, no lo tendrán.
  • Marta Menor
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 18:32
#8390
Mi amigo Abelardo tiene razon, We the People es el preambulo de la Constitucion. Asi que me quedo con mis zapaticos de rosa.
  • Gerardo E. Martínez-Solanas
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 18:55 - 11 Sep 2014 19:05
#8391
En democracia, el consenso consiste en acatar la voluntad mayoritaria cuando la unanimidad absoluta es imposible. Una voluntad mayoritaria que se logra mediante un proceso de transacciones y concesiones que van aumentando el número de los que acaban por ponerse totalmente de acuerdo. Por eso suele exigirse una supermayoría en la aprobación de las constituciones que la tendencia predominante fija en 2/3 de aprobación. Apoyo a muchos que exigirían una supermayoría todavía mayor de 3/4, porque sería un resultado más aproximado del "consenso" (en su significado estrictamente literal).

Pero la Constitución, como Ley Suprema de la Nación, para ser legítima tiene que tener un elemento de consenso nacional (en su significado estrictamente político). Porque no es una Ley Suprema para que un segmento del pueblo apabulle a otro segmento sino para TODO el pueblo. Por eso es importante fijar la obligatoriedad de una supermayoría sustancial a la que sólo puede llegarse por la negociación y el diálogo.

Sencillamente porque "pueblo" no es "mayoría" sino el "todo" nacional. Y las leyes legítimas tienen que estar orientadas a ese "todo", aunque no todos estén enteramente de acuerdo sobre temas o detalles específicos.

En otras palabras, el consenso nacional como concepto político consiste en el acatamiento de los mecanismos establecidos de toma de decisiones y de las decisiones resultantes, aunque no estemos de acuerdo. Esto no significa que las minorías deban claudicar ante una decisión mayoritaria sino que tienen el derecho de mantener su oposición, pero por los cauces legales y jurídicos establecidos.

Sinceramente, no entiendo la conclusión de Abelardo en lo que se refiere a este debate cuando nos dice que "yo no debo pertenecer al pueblo porque mi mandato, para denominarse así, no lo tendrán". ¿Se refiere a una actitud abstencionista? Porque si esa fuera su actividad política, sencillamente cedería sus derechos a los que sí participan. Y formaría parte del mandato de los demás por medio de su abstención.

A las Asambleas de circunscripción no asistirá todo el pueblo. Eso es previsible. ¡Y el derecho a la abstención es tan legítimo como el de participación!
Last edit: 11 Sep 2014 19:05 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
  • José Manuel Palli
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 19:15 - 11 Sep 2014 19:20
#8392
Yo siento que ya no me queda tiempo sino para mirar al futuro, amigo Gerardo, y miro, y veo ese futuro pensando solamente en mis nietos y en la generaciòn a la que pertenecen, en nada ni en nadie màs; y no me sorprenderìa (ni me molestarìa, aunque me alarmarìa que no pasara NADA hasta entonces) que fuera a esa generaciòn a la que le tocara, EN CUBA, hacer la nueva constituciòn cubana.

Si me referì a Alberdi fue porque don Juan Bautista ya habia sido traido a esta conversaciòn por algun otro de los participantes, no porque tenga vocaciòn de historiador (ni de mediador). Eso si, si vamos a hablar de historia o de los personajes que han sido actores en ella, es bueno conocerlos tan bien como nos sea posible (sin caer en el "experto"), tanto a los actores como al escenario històrico en el que se desenvolvieron. En la Argentina en la que yo me crié, la historia oficial -la que le enseñaban a uno en el colegio a menos que le tocara un maestro o profesor con ganas de poner su puesto en riesgos a través del revisionismo- ensalzaba a Mitre, a Sarmiento, a Roca (que siendo presidente quizo poner a Alberdi en un pedestal pero no pudo por la oposiciòn de Mitre y de su periòdico, La Naciòn), pero no tanto a Alberdi, aunque si a otros miembros de la generaciòn del '37, como Esteban Echevarria y Juan Maria Gutierrez. Porqué? Sospecho que porqué la historia es una funciòn continuada, y no es fàcil fraccionarla en episodios (como dije antes) salvo que uno sea un Mayamero del siglo XXI: es en esa funciòn continuada donde hay que buscar las razones del eclipse temporal de Alberdi a comienzos de la segunda mitad del siglo XX, y su luna llena de hoy, a los ojos de algunos que, a veces, hasta son los mismos que pretendieron eclipsarlo antes. Alberdi me recuerda, ademàs de a Martì, a Payà...

Pero basta ya de Alberdi que hasta yo me estoy empezando a aburrir con el tema...
Last edit: 11 Sep 2014 19:20 by José Manuel Palli.
  • Abelardo Pérez García
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 19:17
#8393
Gerardo, lo único que digo es que YO no le reconozco a ningún grupo, por elegido que sea, el derecho a decir que él ES EL PUEBLO. Que se lo crean, allá ellos.
Si soy el único en no aceptarlo pues diré como Víctor Hugo: "S'il n'en reste qu'un, JE serai celui-là"

No es una cuestión de política sino de semántica. Si no lo encuentras muy aburrido échale un vistazo a "An inquiry into Significance and Truth" de... Bertrand Russell.

Un abrazo
  • Gerardo E. Martínez-Solanas
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 19:40 - 11 Sep 2014 19:43
#8394
¡Claro que el delegado no ES EL PUEBLO! Según esta propuesta son delegados de EL PUEBLO que no están tomando decisiones propias sino las decisiones del pueblo según el mandato que EL PUEBLO les otorga. ¡Y que deben responder puntualmente a EL PUEBLO en todo el proceso de su actuación constituyente! Por lo tanto, no tienen derecho a autotitularse "autores" de la Constitución. Si acaso concedería en que se les identificara como "intérpretes" de la voluntad del pueblo en su interrelación participativa con sus electores.
Last edit: 11 Sep 2014 19:43 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 19:51
#8395
Bueno, vale por "Nosotros, intérpretes de la voluntad del pueblo..." pero en ningún caso aceptaré "Nosotros, el pueblo..."

It's late. I am going to sleep. Good night.
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

11 Sep 2014 21:09 - 11 Sep 2014 22:25
#8396
Si segun los que sabe de esas cosas, pueblo no es mas un conjunto de habitantes de un pais que forma una comunidad, unidos por una misma raza religion, lengua y/o cultura ¿de que parte del pueblo tú no eres parte? ¿Un conjunto de habitantes, no todos los habitantes? Por ejemplo, el pueblo gallego es solo una parte del pais y no por eso deja de ser pueblo. Por lo tanto esos interpretes del pueblo ¿de qué hablan?, ¿a quién se refieren? Muy ingeniosos esos delegados blanquitos que se identificadon como pueblo y representaron esas trece colonias que existian en aquel entonces y separaron el congreso del senado Pusieron a los congresistas a representar el pueblo de sus distritos electorales, escriben las leyes y formaron un conjunto mas poderoso que el mismo presidente, mientras que en los EEUU la mayoria no saben el nombre de quien los representan en el congreso. No me preguntes el nombre del congresista que representa al pueblo del distrito donde habito pues no estoy segura.
Last edit: 11 Sep 2014 22:25 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

20 Sep 2014 10:52 - 20 Sep 2014 18:05
#8416
El futuro de Cuba ante la norma Constitucional

Tras durar, cada una, varias décadas que parecían inacabables, pasó la tiranía de Porfirio Díaz (en México), concluyó la del denostado “Chapitas” (en la República Dominicana), finiquitó la de Juan Vicente Gómez (en Venezuela) y hasta expiró la instaurada bajo el signo del marxismo-leninismo en la felizmente extinta Unión Soviética y su corte satélite de “democracias populares”.

No tenemos por qué pensar que el infausto caudillismo castrista no seguirá el mismo destino, que es el basurero de la Historia, a pesar de que todavía continúa acumulando víctimas y algo todavía peor, si cabe: el respaldo de sus sicarios nacionales y la alabanza de sus turiferarios internacionales.

La restauración de una República cubana con base constitucional, que vendrá gracias a la lucha de sus hijos y no por cortesía de ninguna organización internacional política o jurídica, necesitará apoyarse en un código de reglas de convivencia y garantía de los Derechos de la Persona que establezcan el imperio de la Justicia –que consiste, en definitiva, en dar a cada uno lo suyo basándose no en la venganza pero sí en la retribución, de manera que no quede crimen sin castigo ni redención sin pena. Ya lo dijo el Libertador Simón Bolívar: “La corrupción de los pueblos nace de la indulgencia de los tribunales y de la impunidad de los delitos. Mirad, que sin fuerza no hay virtud; y sin virtud perece la república…La impunidad de los delitos hace que éstos se cometan con más frecuencia: al fin llega el caso en que el castigo no basta para reprimirlos.”

Ese fundamento debe ser el de las ideas y normas básicas instituidas en la Constitución de 1940, que –ironías de la Historia- goza, por parte de sus enemigos naturales de un entusiasta respaldo del tipo de “a confesión de parte, relevo de prueba” .

Un jurista del Régimen comunista, fallecido hace pocos años, valorando la obra de la Asamblea Constituyente de 1940, ha escrito que “Fue una obra constitucional singularísima, un momento, un arranque, un punto, una partida. Un cierre de un proceso. Volver a ella creo que es importantísimo. Como medida de entender nuestro propio ser, nuestras propias raíces. Quedarnos en ella sería una de las peores tonterías históricas. No es posible quedarnos en ella. Volver a ella es volver a ponernos bajo la advocación de aquellas luchas y aquella fragosidad de combates épicos. Volver a ella es…ponernos todos bajo la advocación de aquellos hombres que fueron verdaderos titanes de la batalla ideológica.”

Un historiador integrado en el mismo Régimen comunista la ha llamado “una Constitución realmente excepcional, llena de conquistas sociales”.

Y un veterano panegirista de los izquierdistas de la generación revolucionaria de 1930 ha escrito lo siguiente: “Yo pienso que la Constituyente de 1940 y la Constitución fueron pasos históricamente positivos, a corto plazo y a largo plazo también. Pienso que la situación del pueblo de Cuba, su capacidad o su oportunidad de participación política, los avances de la sociedad civil, la posibilidad de ejercer, aunque fuera parcialmente, y en lo fundamental en las ciudades y no todo el país, determinados derechos sociales, la condena de la discriminación racial desde el punto de vista jurídico, etcétera...”, terminando por decir de la Constitución de 1940 que fue “progresista, adelantada, democrática”.

¿En qué fue especialmente adelantada la Constitución de 1940? Sobre todo, en cuanto a lo que hoy en día se han venido a llamar los Derechos Humanos. Cuando se promulgó, no existía ningún corpus jurídico internacional que los configurase y sistematizase: hubo que esperar hasta 1948 para la promulgación de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, promovida por los profesores Dr. Ernesto Dihigo y Dr. Guy Pérez de Cisneros.
En opinión del Dr. Herminio Portell Vilá, “…la Constitución de 1940 no resolvió todas las importantes cuestiones pendientes en la vida nacional de Cuba. Era un documento extenso y pragmático, de tendencias progresistas y hasta avanzadas, que establecía un régimen semi-parlamentario el cual dependía del apoyo congresional para impedir las dictaduras. Incluía preceptos favorables a la reforma agraria y la propiedad de los recursos naturales para la nación. Uno de esos preceptos proclamaba el derecho a la revolución contra los gobiernos opresores e ilegales, que por entonces se consideró como cosa novedosa, y como una garantía para la libertad del pueblo, aunque, en realidad, se trataba de un principio que Thomas Jefferson había incluido en la Declaración de la Independencia, de Filadelfia, en 1776.”

Como dice el Dr. Néstor Carbonell en su ensayo “La Constitución de 1940: Simbolismo y Vigencia”, “Si queremos ponerle fin a la tiranía y cerrar el ciclo tenebroso de la usurpación, tenemos que encontrar, después de Castro, una fórmula de convivencia con visos de legitimidad. Y esa fórmula no es la Constitución totalitaria de 1976, aunque se le hagan remiendos. Ni es otra Ley Fundamental espuria, impuesta sin consentimiento ni debate durante la provisionalidad…No, la única que tiene historia, simbolismo y arraigo para poder pacificar y regenerar el país antes de que se celebren elecciones libres, es la Carta Magna de 1940”.

-Roberto Soto Santana, de la Academia de la Historia de Cuba (Exilio).
Last edit: 20 Sep 2014 18:05 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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Re: Sobre una futura Constitución para la República de Cuba

20 Sep 2014 11:14
#8417
Sobre la vigencia, la utilidad y aplicabilidad -en definitiva, la utilidad- del bloque normativo, comenzando por el marco constitucional, tanto pre- como post-comunista.

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