Proclamado el 10 de diciembre de 2011
Uno de los principales errores sobre el concepto de la democracia consiste en interpretar que se trata de un gobierno de las mayorías. Aunque una mayoría suele ser indispensable para tomar muchas decisiones que se presentan en la vida cotidiana de las democracias, el verdadero sentido de su concepto descansa en una firme base de consenso.
Según sus raíces griegas, Democracia significa “gobierno del pueblo”. En el sentido de la participación de los ciudadanos en las decisiones de gobierno, la democracia es un hecho histórico que se remonta a la Atenas clásica. Sin embargo, ha evolucionado a través de los siglos para convertirse en un mecanismo de toma de decisiones que en nuestros días cuenta con una larga y todavía creciente experiencia de gobierno.
Esta experiencia nos ha enseñado que el gobierno de las mayorías desemboca con frecuencia en regímenes dictatoriales cuando se violan los derechos de las minorías. La dictadura inicial de la mayoría se transforma gradualmente en la dictadura de una elite gobernante cuando los gobernantes se aprovechan de su posición de mando para adueñarse del poder absoluto.
La ciencia política moderna acepta que la democracia es el gobierno del pueblo porque no interpreta al “pueblo” como una mayoría sino como un todo, lo cual implica una base consensual como requisito esencial para que el “pueblo” sea el soberano. Esa base consensual es la que sostiene lo que llamamos “Estado de Derecho”, por el que tanto el gobierno como los individuos están sujetos al imperio de la ley.
No obstante, asegurar que un estado funciona como un Estado de Derecho por el simple hecho de que se sirve de un sistema normativo jurídico, proyecta una impresión conceptual e intrínseca que sólo lleva a lamentable confusión. El Estado de Derecho como una base de consenso de la verdadera democracia implica un concepto de la justicia que haga énfasis en la adjudicación interpersonal y en las leyes basadas en normas aplicadas de conformidad con procedimientos legítimos. Sin embargo, esas normas deben tener su fundamento en una ética subyacente que sirva de base a todas las leyes. El problema que socava la legitimidad de cualquier “gobierno de las mayorías” es que esa ética subyacente esté también sometida a decisiones mayoritarias que acaban por violar el fundamento consensual que es esencial en las democracias.
Si bien el concepto básico del Estado de Derecho es ampliamente debatido y tiene muchas interpretaciones, significa sobre todo que acata normas efectivas y aplicables para impedir el abuso de poder, tanto si es consecuencia de un gobierno mayoritario legítimo como si se manifiesta como la política de un gobierno autoritario que aspira a la dictadura. Un Estado de Derecho donde rige el imperio de la ley se diferencia de un régimen gobernado por la ley, según el Profesor de Ciencias Políticas Li Shuguang [Tamanaha, Brian. On the Rule of Law, page 3 (Cambridge University Press, 2004)] porque "La diferencia consiste … en que bajo el imperio de la ley, ésta es preeminente y pone un límite al abuso del poder. Para un régimen que gobierna por la ley, ésta es una mera herramienta de gobierno represor con apariencias legalistas."
Por consiguiente, el concepto moderno de democracia exige una ética como base de consenso. Y la “moral” resultante en el sentido político se refiere a principios universalmente reconocidos. La moral no puede ser relativa ni depender de consideraciones culturales o religiosas. Esta moral descansa en los derechos humanos inalienables que han sido reconocidos y sancionados por todas las naciones en la Carta Internacional de Derechos Humanos, de la que forman parte la Declaración Universal de Derechos Humanos (aprobada en 1948), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) con sus dos Protocolos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976).
Estos documentos deben quedar reforzados por la legislación nacional con suficiente compasión y solidaridad para que sean verdaderamente viables. Sin embargo, los derechos internacionalmente reconocidos que contienen estos instrumentos internacionales no pueden ser modificados ni enmendados por una decisión mayoritaria ni tampoco por algún gobierno que alegue estar aplicando la ley como justificación. Únicamente dentro de las estrictas limitaciones morales (o éticas) de respeto esencial a los derechos humanos, puede una sociedad aplicar la ley en forma legítima a nivel comunitario, regional o nacional para alcanzar sus objetivos culturales, económicos y políticos mediante decisiones mayoritarias.
La sociedad no puede quedar definida por una simple mayoría, porque la sociedad es un conjunto de individuos que existe mediante la colaboración y el respeto mutuo. No obstante, es también un error conceptual la afirmación de que la sociedad no tiene derecho a identificarse con determinadas convicciones. El Estado de Derecho permite que las mayorías determinen la identidad básica de la sociedad en que se desenvuelven, bajo la condición de que respete los derechos fundamentales de todos sus miembros.
En un Estado de Derecho, cualquier sociedad goza de la facultad de tomar como guía principios cristianos, budistas, musulmanes o seculares, si así le place, siempre que los derechos fundamentales de los miembros de esa sociedad (minorías y mayorías) disfruten de pleno respeto. Esa es la prueba fundamental de la Democracia.
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