Nuevas actividades prohibidas en 2024 al sector no Estatal en Cuba

El 19 de agosto de 2024 se publicó la edición Ordinaria 78 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba que incluye el Decreto 107/2024 relacionado con las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas (mipymes), cooperativas no agropecuarias (CNA) y trabajadores por cuenta propia (TCP).

 

Las nuevas prohibiciones abarcan los sectores de la silvicultura, la industria manufacturera, el comercio y las actividades culturales.

El decreto prohíbe las actividades de silvicultura —sus servicios de apoyo— y otras forestales; la extracción de madera —excepto el carbón vegetal y la leña—; y la pesca de especies bajo régimen especial de protección, amenazadas o en peligro de extinción, tóxicas o restringidas, las cuales están destinadas exclusivamente a la actividad estatal.

Centralización del PoderTampoco está permitida la fabricación de calzado ortopédico especializado ni la fabricación, instalación, reparación y mantenimiento de equipos médicos de electromedicina.

La norma establece que no está autorizada la gestión de sistemas de alcantarillado ni de instalaciones de tratamiento de aguas residuales en asentamientos cuya población supere los 1 000 habitantes. Se autoriza el servicio de limpieza de fosas siempre que se realice con equipos especializados y certificados.

A los TCP no se les permitirá realizar comercio al por mayor ni la venta mayorista de ron, cigarros y tabacos torcidos y en rama.

Tampoco está permitido para el sector privado convocar u organizar eventos internacionales ni realizar actividades de programación cultural, excepto cuando participen en la gestión y servicios de los eventos.

En el plano de la enseñanza, la normativa modificó el apartado del decreto anterior ...

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