La irrelevancia de las constituciones políticas en Cuba y Venezuela

Ayer en su visita a Venezuela para profundizar las acciones de apoyo y solidaridad con ese país el primer vicepresidente cubano, José Ramón Machado Ventura hizo unas declaraciones sobre los recientes hechos políticos en Venezuela:  "Las leyes habilitantes otorgan poderes al Gobierno para ofrecer soluciones rápidas ante situaciones desfavorables y quien las rechace, no está contra ellas sino contra el pueblo.  Estas leyes no comprometen de ninguna manera la soberanía del pueblo", ( ver http://caracas.eluniversal.com/2011/01/03/pol_ava_jaua-anuncia-leyes-p_03A4925735.shtml).

Machado Ventura considera que la ley habilitante del presidente que cercena la capacidad de legislar de la Asamblea y otras leyes (p. ej. la eliminación de la autonomía universitaria), conocidas como el paquete cubano, reflejan la soberanía popular.  Machado Ventura se equivoca y está confundido de plano, la soberanía popular reside en la ciudadanía que ha aprobado la Constitución que establece los principios y normas jurídicas básicas, las reglas de juego esenciales, que gobiernan a Venezuela y que de modificarse sin participación ciudadana constituyen un golpe de estado contra la legalidad o el estado de derecho.

Al respecto el Secretario General de la OEA, José Miguel Insulza ha expresado "Creo que es preocupante que un poder del Estado sea en la práctica privado de algunas atribuciones, o que algunas personas que van a entrar al Congreso sean privadas de su inmunidad''.   "El equilibrio de poderes es un tema que está en la carta democrática interamericana y creo que cuando se dictan leyes como la Ley Habilitante, con la duración que tiene, es un tema que sí es preocupante''. (ver http://www.elnuevoherald.com/2010/12/31/861550/secretario-de-la-oea-critica-gobierno.html#ixzz1A5OaGK1B).

 En Cuba las nuevas leyes o la práctica política se contraponen sistemáticamente la Constitución por eso puede afirmase que se carece de un estado de derecho. P. ej. el economista Oscar Espinosa Chepe considera que los cambios económicos en gestación en Cuba requieren ajustes a dos artículos de la Constitución cubana.  No se ha modificado el Artículo 21, que establece: ¨Se garantiza la propiedad sobre los medios e instrumentos de trabajo personal o familiar, los que no pueden ser utilizados para la obtención de ingresos provenientes de la explotación del trabajo ajeno¨.   También cuando se despiden 500.000 personas, sin totales garantías de un trabajo honrado, se choca con el Artículo 45: ¨El trabajo en la sociedad socialista es un derecho…lo garantiza el sistema económico socialista, que propicia el desarrollo económico y social, sin crisis, y que con ello ha eliminado el desempleo…¨.

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