El derecho en Cuba

La revolución cubana se desarrolló sin los límites de una Constitución durante sus primeros 18 años. Las Constituciones promulgadas en 1976 y en 1992, con la asombrosa enmienda introducida en 2002, se han caracterizado por los límites y condicionamientos que establecen a la aplicación de los derechos y libertades fundamentales de los cubanos, como han sido reconocidos internacionalmente para todos los pueblos en diversos instrumentos universales de derechos humanos. Aunque la revolución cubana tuvo el propósito fundamental de restablecer la Constitución de 1940 y la legalidad política interrumpida por el golpe de Estado de 1952, la Ley Fundamental proclamada sin consulta popular en 1959 no respetó las disposiciones de la Constitución de 1940 para introducir reformas o enmiendas constitucionales y se limitó a servir de vehículo a los dictados del gobierno desde entonces. Las modificaciones frecuentes que tuvo esta Ley en años subsiguientes tampoco respetaron esas disposiciones ni se realizaron mediante consulta popular. Las constituciones promulgadas en 1976 y 1992 tampoco fueron producto de un proceso constituyente sino que fueron elaboradas por comisiones organizadas por el Partido Comunista. La enmienda de 2002 a la Constitución de 1992 llega al extremo de negar al pueblo presente o futuro su derecho a cambiar el sistema de gobierno y señala que "ratifica en todas sus partes la Constitución de la República y se propone que el carácter socialista y el sistema político y social contenido en ella sean declarados irrevocables" (Cap. XV).

María Elena Cobas analiza en la florida International University las irregularidades del derecho en Cuba

por Abel Fernández 

Una reconstrucción de la ley civil cubana que le permita al país ajustarse a los cambios que han comenzado a aparecer en la isla podría utilizar como punto de partida las leyes de antes de 1959.

Según la abogada cubana María Elena Cobas, profesora de la Universidad de Valencia y antigua profesora de la Universidad de la Habana, del pasado se podrían recatar la protección de los derechos, las garantías que ofrece el derecho y la seguridad jurídica.

En una conferencia el miércoles en la Universidad Internacional de la Florida (FIU) titulada “La Ley Civil Cubana: Mito o Realidad”, la abogada comparó las leyes cubanas actuales y las precedentes.

“Antiguamente existía un tribunal constitucional y el recurso de amparo para proteger los derechos fundamentales. Ahora no hay ninguno de los dos,” dijo Cobas en referencia a los cambios que ha sufrido la legislación de la isla después de 1959.

Según la abogada, en Cuba ya nada se resuelve a través de códigos, sino que existen leyes especiales para todo.

“Hay códigos generales, pero para saber lo que se puede hacer y lo que no se puede hacer, no se puede remitir al código civil,” dijo Cobas.

Con el triunfo de la revolución, la Escuela de Derecho que había en la isla “quedó como en una máquina del tiempo. La facultad de Derecho estuvo cerrada durante años,” dijo Cobas.

Desde enero del 1959 las leyes cubanas sufrieron cambios drásticos, que incluyeron la suspensión de la constitución y los funcionarios judiciales y fiscales, el establecimiento de las confiscaciones de bienes, el establecimiento de la pena de muerte y del permiso para salir de Cuba. Además se cerraron centros universitarios y de enseñanza secundaria, se anularon títulos académicos de universidades privadas y se extinguieron las mismas y se estableció una norma a los registradores para la recuperación de los bienes, explicó.

“En el primer mes de Revolución se acabó el derecho.”
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