Peligrosidad pre delictiva, una epidemia que ataca a los jóvenes

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Peligrosidad pre delictiva, una epidemia que ataca a los jóvenes

27 Feb 2015 16:24
#8670
Por Vladimir Turró
Periodista Independiente
La Habana. Alrededor de 10 a 15 jóvenes son llevados a tribunales diariamente en la capital cubana para ser sancionados por peligrosidad pre delictiva.
El cambio de altos oficiales de la Policía Nacional (PNR) en el territorio, a comienzos de año, desató una ola represiva contra choferes de bici taxi, vendedores de ropas importadas, artículos de ferretería, productos de aseo y vendedores de viandas ambulantes, a los cuales, en su mayoría, se les aplica la peligrosidad.
Asedio al turismo, actividad económica ilícita y prostitución, son las artimañas de las cuales se vale la PNR, como justificación, para arrestar a las víctimas y encausarlos posteriormente, informó Reynaldo Rodríguez Hernández de 30 años, quien estuvo detenido desde el día 16 de febrero hasta el 18 y debe comparecer ante los tribunales el próximo día 23.
Reynaldo asegura, que estando recluido en los calabozos de la unidad policial de Dragones, vio desfilar por allí infinidades de jóvenes, de los cuales, muchos fueron llevados al Vivac para esperar juicio y otros llevados a prisión.
Ramón estaba en el grupo de jóvenes que conoció Reynaldo en la comisaria, tiene 25 años, y fue arrestado por vender artículos de descanso para el hogar en el centro comercial de 5ta y 42, según le contó Ramón, quien aseguró, que por causa de esta actividad, su jefe de sector le preparó un expediente por peligrosidad pre delictiva.
La misma suerte corrió Esteban de 30 años de edad, quien está recluido en la prisión de Valle Grande, según cuenta su esposa Yasin Ramírez Vásquez. Cheto, como cariñosamente le llaman sus amigos, se dedicaba a la venta de animales vivos en los alrededores del mercado Cuatro Caminos, lo que bastó para las autoridades, para considerarlo peligroso.
Yasmani, solo tiene 19 años, y fue arrestado por vender productos del agro en una pequeña carretilla, dijo su madre Luisa Hernández, quien se encontraba en las afueras de la comisaria de Cuba y Chacón para visitar a su hijo, que sería llevado en los próximos días a prisión, según le informaron los agentes de la PNR.
Muchísimos son los familiares que se encuentran en las afueras de las estaciones de policías, esperanzados de que sus hijos serán liberados, considerando que la ley de peligrosidad pre delictiva viola un principio elemental de derecho que en el artículo 1 de la Ley de procedimiento penal vigente en cuba dice “Se presume inocente a todo acusado mientras no se dicte fallo condenatorio contra él”

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Re: Peligrosidad pre delictiva, una epidemia que ataca a los jóvenes

06 Mar 2015 20:04 - 06 Mar 2015 20:06
#8685
Sobre este tema conviene citar el texto de la Ley Nº 62 del Código Penal cubano que comienza estableciendo sus objetivos de:
- proteger a la sociedad, a las personas, al orden social, económico y político y al régimen estatal;

- salvaguardar la propiedad reconocida en la Constitución y las leyes;

- promover la cabal observancia de los derechos y deberes de los ciudadanos,

- contribuir a formar en todos los ciudadanos la conciencia del respeto a la legalidad socialista, del cumplimiento de los deberes y de la correcta observancia de las normas de convivencia socialista.

Todo lo cual es muy loable, pero comienza a enturbiarse cuando continúa planteando que para garantizar estos objetivos se redacta esta ley que define "cuáles conductas constituyen índices de peligrosidad".

Entre algunas de las aberraciones de esta Ley, consta en el Artículo 3.2 que "la nueva ley es aplicable al delito cometido con anterioridad a su vigencia", aunque es justo reconocer que incisos posteriores permiten suavizar la condena si eventualmente se promulgaran leyes más favorables al reo.

Otra aberración está contenida en el Artículo 9.2 que establece: "El delito es intencional cuando el agente realiza consciente y voluntariamente la acción u omisión socialmente peligrosa y ha querido su resultado, o cuando, sin querer el resultado, prevé la posibilidad de que se produzca y asume este riesgo." En otras palabras, que se aplica cuando existe "la posibilidad de que se produzca", es decir antes de que se cometa el delito. Por eso califican esta ley como de prevención de la "peligrosidad predelictiva", que se reafirma en el Artículo 12.2, en el que "Se considera tentativa si el agente ha comenzado la ejecución de un delito sin llegar a consumarlo."

Para no cansar al lector con más ejemplos aberrantes de jurisprudencia, permítaseme citar una conclusión breve sobre el concepto de "peligrosidad predelictiva" que publicó Dagoberto Valdés en su revista Convivencia, en un artículo firmado por Glissett Valdés Herrera: "En síntesis, la peligrosidad, penalmente consiste, en la apreciación de la conducta como expresión de una personalidad dentro de específicas circunstancias de la realidad material exterior con el fin de establecer 'legalmente' su carácter anti-social y, en consecuencia, aplicarle las medidas de prevención y corrección adecuadas."

Es la apreciación del represor la que prima en esta Ley. No hay pruebas ni cuerpo del delito -porque no se ha cometido- sino una decisión "preventiva" que es altamente subjetiva.

Los ejemplos que nos da Turró son hechos de la vida cotidiana que no tienen mucha implicación política pero que someten a la población cubana a la apreciación más subjetiva que "preventiva" del represor. Por lo tanto, cualquier actividad que pueda interpretarse con intenciones políticas que resulten incómodas para el régimen, puede apreciarse bajo esta Ley sin gran dificultad como un caso de "peligrosidad predelictiva" que justifica suprimir esa actividad por medios supuestamente "legales", pero muy lejos de ser "legítimos".
Last edit: 06 Mar 2015 20:06 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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