Nueva Ley para los privilegiados en Cuba

  • Gerardo E. Martínez-Solanas
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Nueva Ley para los privilegiados en Cuba

03 Jul 2014 19:01 - 03 Jul 2014 20:02
#8254
Ha quedado vigente en Cuba la nueva Ley de la Inversión Extranjera, publicada la semana pasada en la Gacera Oficial. Esta Ley Nº 118 reemplaza a la Ley Nº 77 de 1995 y fue aprobada por unanimidad en la Asamblea Nacional en marzo de este año. Tales votaciones "unánimes" son la norma en el parlamento cubano, el cual aprueba con rapidez las leyes y medidas que se le presentan en brevísimas sesiones que suelen tomarles no más de cuatro días en cada período parlamentario.

Es importante destacar que el gobierno cubano había iniciado con anterioridad (entre julio y octubre de 2013) un ejercicio por el que aparentó someter a consulta la formulación de un nuevo Código Laboral que reemplazara al que estaba vigente desde 1984, con la participación de casi tres millones de trabajadores convocados a integrar más de 69 mil asambleas en toda la isla. Aunque no hay medios de invetigar ni confirmar la influencia de estas asambleas en la redacción final del texto, la Asamblea Nacional aprobó a finales de año el nuevo Código tal y como le fue presentado: de nuevo por unanimidad y sin debates.

Lo más curioso de todo esto es que la Asamblea Nacional creó una comisión de estilo para la redacción final que, una vez terminada, debía haberse publicado en la Gaceta Oficial para que quedara vigente. No obstante, hasta el momento de aprobar la nueva Ley de la Inversión Extranjera, en todo el proceso de su redacción y su presentación al parlamento cubano nunca se hizo referencia alguna al Código pendiente. Ni siquiera la Confederación de Trabajadores de Cuba (CTC), en su supuesta función de representar y defender a los trabajadores, nunca hizo alguna reclamación pertinente a los derechos de los trabajadores que deberían figurar en ese Código para que fuese obligatoria su justa aplicación en esta nueva Ley Nº 118.

No sorprende, por tanto, que los inversionistas extranjeros tengan el privilegio de tratar estrictamente con el gobierno la contratación de los trabajadores, sus salarios y beneficios, ni que cuenten con un personal vitualmente "esclavo" que no tiene tampoco derecho a huelga (reconocido en los instrumentos jurídicos de la Organización Internacional del Trabajo, de la cual Cuba es miembro), no tiene libertad sindical y no tiene garantía alguna por el buen desempeño de su trabajo, puesto que el empleador tiene derecho, según el Artículo 31.2 de esa ley, a despedirlo por cualquier razón que se le ocurra (la cual no tiene que justificar) y pedirle al organismo del Estado encargado de suministrar la mano de obra que le envíe un reemplazo.

Todo esto sin contar que el Estado le roba el salario que ha sudado al trabajador con disposiciones abusivas. Por ejemplo, Cuba está desarrollando con el apoyo del Brasil una moderna infraestructura portuaria en la llamada Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM) con la esperanza de convertir esa bahía en puerto de escala para la mayoría de los buques que cruzan el Canal de Panamá. En este proyecto se cuentan millonarias inversiones extranjeras que pagarán en dólares salarios notablemente más bajos que los que predominan en el resto del mundo. No obstante, los trabajadores de la ZEDM sólo recibirán un 80% y, para colmo, en pesos cubanos (CUP) cotizados a un cambio de 10 x 1, en lugar de la tasa de 24 x 1 vigente. Es decir, un trabajador al que la empresa extranjera asigne un salario de 500 dólares mensuales, sólo recibiría el equivalente de 400 pesos convertibles (CUC), pero pagados en CUP a la tasa de 10 x 1. Por tanto, recibiría 4000 CUPs.

El problema para el trabajador es que aunque el CUP compra al mismo nivel de precios en ciertos establecimientos del Estado que suelen estar sumamente desabastecidos, la mayoría de los productos y artículos de necesidad básica disponibles sólo pueden encontrarse en tiendas especializadas que únicamente reciben los "covertibles" CUCs. Al pagar en esas tiendas o almacenes, la transacción se realiza con la cotización normal de 24 x 1. Esto quiere decir que el poder adquisitivo de los 4000 CUCs en esos lugares se reduce a 167 dólares. El Estado se habrá cobrado así subrepticiamente un impuesto de 333 dólares sobre el salario de 500. Esta abusiva realidad representa un impuesto real del 66% sobre el salario.

En cuanto a los "inversionistas" cubanos a los que la ley permite asociarse con inversionistas extranjeros, cabe preguntarse quién puede tener un capital en Cuba para este tipo de asociación, cuando el salario promedio no llega a 25 dólares mensuales y los mejores salarios apenas a los 50 ó 60, cuando en Cuba se ha castigado por décadas la acumulación de capital, a veces con expropiaciones o con métodos impositivos más subrepticios, y cuando ningún tipo de propiedad privada existía hasta hace muy poco. Qué tipo de inversión puede haberle reportado capitales millonarios a una élite de cubanos que hoy controlan a nivel administrativo los pocos medios de producción y servicios que funcionan en Cuba. Es importante señalar que la mayoría de estos administradores, ahora convertidos en nuevos "empresarios", tienen o han tenido vínculos con las fuerzas armadas y muchos de ellos ostentan altos grados. Los demás son testaferros del régimen en su estructura política.

Una asociación con capital extranjero representa entonces un robo al Estado permitido por el propio Estado. Se van a privatizar esas empresas y el privilegiado administrador cubano se convertirá en socio capitalista del inversionista extranjero, utilizando las instalaciones y la infraestructura estatal que la mantenía a flote. Además, los nuevos inversionistas extranjeros tendrán la concesión adicional de una reducción de los impuestos a la mitad. Sumando a esta concesión la situación de sometimiento de los trabajadores y sus bajísimos salarios, el negocio parece redondo.

No obstante, es una inversión de alto riesgo a pesar de todo. La historia del régimen cubano está poblada de decisiones caprichosas que nadie puede discutir ni desafiar. Su régimen jurídico está totalmente sometido al poder central regido por el dictador que asume el título de Presidente. No se ha dado un sólo caso en 50 años de historia que una empresa privada haya podido entablar con éxito una demanda al Estado cubano o a alguna de sus autoridades.

El cálculo de riesgo, por lo tanto, consiste en la esperanza del inversionista de lograr suficientes utilidades para recuperar en cinco años o menos su inversión inicial y después seguir ganando a manos llenas hasta que el capricho del régimen se lo permita.

No cabe duda que un país que lleva tocando fondo desde hace muchísimos años, que ha caído al nivel de salarios más bajo de toda América, que carece prácticamente de infraestructura moderna, que ha dependido siempre de los subsidios, las remesas y la generosidad del exterior, pueda repuntar un poco en su miseria con este arreglo fascista y vertical de su economía en beneficio de los privilegiados y de los que desde afuera vayan a aprovecharse de la tragedia. Algunos trabajadores ganarán un poquito más y se librarán un poco del trasiego cotidiano de "resolver" -como dicen los cubanos- su subsistencia con un mínimo de decoro y honestidad.

Pero esta Ley, como la inmensa mayoría de las medidas tomadas durante más de 50 años por la "revolución" cubana, no es más que otro parche a una red económica que está podrida y se deshace. El régimen y el sistema no tienen arreglo. Es indispensable una transformación radical y profunda.

< Texto completo de la Ley Nº 118 >
Last edit: 03 Jul 2014 20:02 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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Re: Nueva Ley para los privilegiados en Cuba

04 Jul 2014 17:39 - 04 Jul 2014 17:51
#8258
LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA DE CUBA: UN PALO NO HACE MONTE

La anterior Ley de Inversión Extranjera de Cuba data de 1995, que fue aprobada en pleno “período especial” como una de las “medidas” para intentar salir de la crisis provocada por la desaparición de la URSS, de cuyo subsidio sobrevivió la economía cubana durante más de 30 años. Aquella entonces “nueva” ley fracasó porque no era nueva en su esencia, porque excluía a los cubanos de la Isla y de la Diáspora, porque fue considerada como una emergencia reversible y porque la desconfianza en el modelo en el que se insertaba inhibió a la mayoría de los inversionistas extranjeros que hubieran podido tener un impacto significativo en la expirante economía cubana de entonces.

Casi veinte años después, ante la misma crisis de dependencia y subsidio, pero esta vez de la decadente economía de Venezuela que ha sido la “nueva URSS” para Cuba, es aprobada en Sesión Extraordinaria de la Asamblea Nacional, porque la urgencia no espera, una considerada nueva Ley de Inversión Extranjera. La necesidad política siempre supera a la inmovilista voluntad de no-cambio.

El mismo Ministro de Comercio Exterior y de la Inversión Extranjera, en su presentación e intervenciones en la Asamblea de fines de marzo de 2014, presentó la Ley destacando ventajas y “obstáculos”. Las ventajas son como si los obstáculos no existieran y como si Cuba fuera un país normal con división de poderes del Estado, independencia del Poder Judicial y un marco legal general que ofreciera garantías a los inversionistas sea cual fuere la opción política de los dirigentes del País.

Los obstáculos señalados por el Ministro de Inversión Extranjera, Sr. Rodrigo Malmierca, en plena Asamblea legislativa publicados en Granma de 31 de marzo de 2014 fueron, en este orden y cito:

“El Bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el Gobierno de Estados Unidos;
La situación de endeudamiento externo;
Los errores cometidos en el pasado en esta actividad; y
Las restricciones provocadas por la escasez de divisas.”


Como se puede apreciar, solo el primer obstáculo depende de una ley foránea. Los otros tres dependen de la grave crisis económica cubana producto del voluntarismo político que invade transversalmente con su injerencismo todo el modelo cubano. Estos tres obstáculos reconocidos por el Ministro especifican y enumeran solo tres de las consecuencias de la clave de la cuestión: El modelo económico cubano no funciona.

Un solo palo no hace monte

El viejo refrán popular cubano refleja cristalinamente la evaluación que deseamos hacer sobre la “nueva” Ley de Inversión Extranjera de Cuba.

En efecto, si el modelo económico cubano no funciona por su esencia centralizada y paternalista, por la sistemática violación de las leyes del mercado, por voluntarismos y bloqueos políticos, por las trabas para empoderar a sus ciudadanos y por la resistencia a insertarse en los mecanismos de la economía global, entonces una sola ley, suponiendo incluso que sea mejor que la aprobada recientemente, no podrá lograr “formar el monte” del entramado de mecanismos, estímulos, eficiencia y seguridad que hacen que el Índice de Confianza-País crezca hasta que el capital, tan necesario como extranjero, se decida a arriesgar en el “experimento cubano” que dice ser socialista… pero quiere aplicar medidas capitalistas, que dice quererse abrir… pero bloquea todo lo que sea liberar las fuerzas productivas de sus ciudadanos, que dice que quiere cambiar todo lo que tenga que ser cambiado… pero no tanto.

Aquí se ha confundido la prudente y deseada gradualidad con el amago capitalista que esconde el rigor mortis de un modelo fracasado en todos los lugares y en todas las épocas. Es el modelo que hasta Marx criticaba: aquel que no libera las fuerzas productivas pero más aún, que invierte el esquema y pone como decisivas las relaciones de producción por encima de lo verdaderamente transformador. O lo que vale decir: bloquea los mecanismos naturales del mercado con “lineamientos” políticos, solamente aprobados por un partido, y que en realidad equivalen a las férreas líneas políticas que como varillas de un corsé asfixian la iniciativa y la creatividad de los cubanos emprendedores.

El corsé de los propios Lineamientos y de la actual Constitución

Sobre la Constitución de la República de Cuba solo podríamos mencionar el prehistórico artículo 5 en que se define a un único partido como la fuerza superior de la sociedad y del Estado, pero no vamos a detenernos en ello, pues el propio mandatario cubano ha expresado que solo sería reformada al final del proceso de reformas porque no se podía estar cambiando todos los días la Constitución. Es decir, se da por sentado que las actuales reformas preceden en su aplicación a las reformas constitucionales que las autorizarían y avalarían. Con eso basta para comprender cuál es el papel de la Constitución y cuál la escala de valores del cambiante marco jurídico a priori de la reforma de la Carta Magna. El mundo al revés. La ley del experimento por encima de la ley de leyes.

En cuanto a los Lineamientos Económicos y Sociales aprobados por el VI Congreso del único partido legalizado, concebidos para orientar las reformas, llevan en sí mismos las trancas entre las ruedas del proceso de cambios cubanos. Los cinco primeros Lineamientos no han tenido suficiente análisis, ni repercusión internacional acerca de su alcance y bloqueo de todos los demás.

Deseo mencionar solo dos lineamientos que convierten las reformas cubanas en el desarrollo de una “economía de timbiriche”, y mantener el control centralizado y el poder político.

El Lineamiento No. 2 establece que el modelo económico es y seguirá siendo estatal, centralizado y socialista al estilo del “socialismo real”.

El Lineamiento No. 3 establece que “en las nuevas formas de gestión no estatales no se permitirá la concentración de la propiedad en personas jurídicas o naturales”. Esto equivale a decir "el control del Estado sobre cualquier tipo de propiedad". De hecho, ya se está aplicando en la llamada “nueva” Ley de Inversión Extranjera que autoriza a las cooperativas “no-estatales”, lo que significa en los eufemismos reformistas propiedad privada, a participar con inversionistas extranjeros, pero para evitar la acumulación de la propiedad se establece la intervención del Estado cubano como tercera parte.

Y así están redactados otros lineamientos. Casi siempre con dos sintagmas disyuntivos: uno que cambia y el otro que frena. Este experimento económico no solo es contradictorio sino ineficaz e insostenible, los seis últimos años en la economía cubana lo demuestran.

Algunas propuestas para un modelo económico abierto, eficiente, próspero y sostenible

Para que una economía sea economía, nunca mejor la redundancia, se necesita un conjunto de reformas sinérgicas. Como a veces ocurre en medicina, los mismos medicamentos por separado no curan como varios de ellos en conjunto.

Ese sinergismo económico no se logra experimentando en el engendro de un Frankenstein que intente injertar el peor rostro del capitalismo con el peor del socialismo, lo más riguroso de las medidas de ajuste del gasto público con la falta de verdadero sindicalismo y otros espacios y mecanismos de defensa de los derechos de los trabajadores.

La sinergia eficiente, próspera y sostenible debe tener en cuenta, por lo menos, estas tres leyes y un marco jurídico general:
  1. Ley de la Propiedad: para reconocer y defender todos los tipos de propiedad, sin bloqueo del Estado.
  2. Ley de Empresas: para garantizar la libertad de empresas y de empleadores.
  3. Ley de Inversiones: para estimular y defender la inversión tanto de cubanos como extranjeros.

Que se reforme la Constitución o se redacte una nueva, y que se redacten o reformen profundamente las Leyes de procedimiento penal, civil y administrativo, para garantizar, defender y arbitrar los litigios que surjan de la aplicación o violación de estas y otras leyes sin intervención o prebendas para el gobierno.

Es, por lo menos contradictorio, que de estas tres se apruebe en primera instancia la última, que es, precisamente, la que beneficia al extranjero y discrimina a los cubanos que viven en la Isla. Como podrá apreciar el lector, estas propuestas cambian la esencia del modelo actual que la vida, la experiencia y las declaraciones del propio gobierno reconocen como ineficientes y que “no funcionan ni para nosotros mismos”.

Y que, con estas propuestas, cambie también la semántica:

■ La propiedad privada no debe ser llamada “no-estatal”. Nada se define por lo que no es.
■ Los empresarios no deben ser llamados “cuentapropistas”. Son emprendedores y el sector productivo.
■ Inversionista no debe ser identificado con extranjero. La ley no debe ser llamada “Ley de Inversión Extranjera”.
■ Las zonas francas o de desarrollo mercantil no deben ser llamadas “Zona de desarrollo especial”.
■ El estanco del comercio exterior no debe ser llamado “prerrogativa exclusiva del Estado cubano”.
■ Al Estado como “único empleador” no debe llamársele “Bolsa de empleo”.

En resumen, un análisis holístico de la Ley de Inversión Extranjera, nos lleva como el hilo de Ariadna a los cambios económicos estructurales y modélicos que además de traer la prosperidad sustentable a los cubanos, puedan insertar a Cuba en los sistemas globales de la economía mundial.
Last edit: 04 Jul 2014 17:51 by Dagoberto Valdés.
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Re: Nueva Ley para los privilegiados en Cuba

08 Jul 2014 22:02 - 08 Jul 2014 22:04
#8269
Aunque este Foro tiene por norma NO publicar aportes copiados o recibidos de terceros, pedimos disculpas al hacer una excepción con la economista cubana Karina Gálvez Chiú, quien expresa una opinión desde Pinar del Río que merece sumarse a este importante debate. Este enfoque objetivo de alguien que tiene la ventaja de estar viviendo en carne propia la realidad cubana enriquece el debate iniciado hace pocos días cuando Dagoberto Valdés publicó su respuesta al aporte de Martínez-Solanas. Confiamos en que la calidad de los argumentos expresados despierte el interés de muchos lectores y probablemente anime a algunos de ellos a participar con sus propias opiniones.
La nueva ley de inversión extranjera. Retos e impacto

por Karina Gálvez Chiú

A pesar de no ser un cambio esencial en el sistema económico centralizado, la nueva ley de inversión extranjera, constituye un paso más dentro del proceso de reformas que viene desarrollándose en Cuba desde hace algunos años.

Tiene las mismas características de todas las demás reformas: es insuficiente, conservadora y discriminatoria. No obstante, es una apertura más y es una apertura importante.

El gobierno cubano evidencia más claramente con esta ley, que ofrece ventajas a los inversionistas, su necesidad de recibir capital extranjero para enfrentar la sostenida crisis económica que sufre.

Esta ley nace en un ambiente de discriminación de los cubanos, pues se limita a autorizar la inversión de capital extranjero en el país, mientras que esa posibilidad no existe legalmente para cubanos.

¿Qué problemas enfrenta el gobierno con la aprobación de esta ley?

Hasta el momento el gobierno cubano no ha demostrado voluntad de cambio. De cambio verdadero, esencial, que transforme las estructuras y el sistema ineficiente que rige la economía. Las reformas han sido lentas e insuficientes. Por eso, cada cambio, en la medida en que sobrepasa los límites de la centralización, constituye una demostración de lo difícil de la situación que vive la economía y el sistema en general. Los cambios se van haciendo, no por voluntad del gobierno, pero sí por necesidad. Por eso es importante evaluar en cada caso, qué retos se ponen por delante. Cada una de las medidas tomadas en los últimos años, provoca, aunque sea en grados muy pequeños, una disminución del totalitarismo en Cuba. Y la ley de inversión extranjera es una de las medidas más complejas, por la apertura que representa al mundo.

Entre los retos a enfrentar por el gobierno cubano, podemos mencionar:

- Alcanzar un grado de credibilidad y una aceptación de las condiciones que le aseguren un nivel de inversión extranjera significativo. Para esto necesita un nivel de transparencia en cuanto a sus cuentas en cada empresa, lo que pondrá al descubierto ante los empresarios interesados, situaciones de ineficiencia y de corrupción.

- Propiciar un ambiente en el que convivan en armonía la forma de propiedad estatal y las “formas de gestión no estatal”, con las diferentes y ventajosas oportunidades de la inversión extranjera.

- Cumplir puntualmente los compromisos con los inversionistas extranjeros y asegurar que los beneficios obtenidos sean invertidos en la economía cubana de manera que pueda garantizarse la sostenibilidad del actual sistema, con el fin de disminuir la dependencia de Venezuela y de la diáspora cubana.

¿Qué retos enfrentan los inversionistas extranjeros?

Las facilidades que brinda esta ley a los inversionistas (exención de impuestos hasta 8 años y su rebaja de hasta un 50% con respecto a la ley de 1995, la disminución de los procesos burocráticos) constituirían un atractivo fuerte de no ser por el historial de impagos y falta de seriedad en los negocios que ya tiene el gobierno cubano.

De todos modos, los que miren hacia Cuba con deseos de invertir, (teniendo en cuenta que es un mercado casi virgen, que pueden estar en suelo cubano en el momento en que se produzca el cambio definitivo de sistema económico y político, lo que le daría ciertas ventajas) deben tener en cuenta que se enfrentan a varios retos. Entre ellos:

- Decidirse a arriesgar su capital en un país con un historial de incumplimientos de compromisos de pago y de promesas. Además de ser un país en que las leyes son fácilmente derogadas por decisiones unilaterales y que lleva muchos años siendo gobernado por decretos presidenciales. La credibilidad del gobierno cubano no crece con una ley como esta que debe aclarar a los inversionistas “que no le serán confiscados sus bienes”

- Decidir si invertir según esta ley, en alguna empresa estatal en quiebra, o si invertir según las condiciones del puerto del Mariel, que es una zona de desarrollo especial con un régimen especial.

- Encontrar las oportunidades reales de inversión que hay en Cuba.

- Resolver el problema de la falta de mercado entre la población cubana. En Cuba, el mercado es limitado pues el poder adquisitivo de los cubanos está muy por debajo de lo necesario. Es muy probable que pase un tiempo antes de que los cubanos tengamos acceso a los resultados de estas inversiones.

- Enfrentar el problema de la fuerza de trabajo, que continúa siendo un asunto pendiente de la ley de 1995. El gobierno cubano mantiene su derecho a escoger la fuerza de trabajo para cualquier empresa y pagar el salario de la misma. Los empresarios pagarán lo que acuerden, al gobierno cubano, y este pagará a los trabajadores en moneda nacional los salarios que le parezcan convenientes. No se trata solo de una cuestión ética, sino también de intereses, pues una fuerza de trabajo mal pagada no produce todo lo que potencialmente es capaz de producir.

¿Qué impacto tendrá esta ley en la población cubana?

La discriminación que representa esta ley, es el primer impacto sobre la población cubana. Una población que ya no es la del año 1995, a la que podía engañarse diciéndole que la apertura a la inversión extranjera era un “mal necesario”, provocado por la caída del campo socialista y que sería solo coyuntural hasta que el gobierno se fortaleciera y pudiera ocuparse de todo de nuevo; o diciéndole que solo se cedería hasta un 49% de las propiedades para que el gobierno cubano siempre pudiera decidir como accionista mayoritario. Ahora todos sabemos que en cualquier país democrático la inversión no es un “mal”, sino parte de la dinámica económica, que produce más beneficios que perjuicios si es regulada por una marco legal adecuado. Sabemos además, que ha habido poca transparencia en las inversiones de extranjeros en Cuba y que es injusto que no pueda hacerlo cualquier cubano de dentro o de fuera del país. Esta es la principal dificultad ética de la ley.

En la práctica, no se vislumbran grandes cambios en la vida de los cubanos como consecuencia de la aplicación de esta ley. De hecho, la población se interesa muy poco en ella. No parece cosa de nosotros. Si se pregunta a cualquiera en la calle, las respuestas más comunes son: “no sé mucho”; “eso no tiene nada que ver con nosotros”; “eso no va a resolver ningún problema”.

Sin embargo, creo que de alguna manera influirá en la vida de los cubanos, más o menos directamente. Por una parte, hay cubanos que podrán acceder a puestos de trabajo en empresas con capital extranjero y, aunque oficialmente reciba un salario poco mayor que el salario medio, tendrá mayores probabilidades de obtener recursos, estimulaciones, propinas, de trabajar en mejores condiciones, de hacer mejores relaciones personales. A pesar de la desventaja de la “bolsa de empleo”, regulada por el gobierno, trabajar en empresas con capital extranjero resulta atractivo para los cubanos.

Por otra parte, hay cubanos que siempre encontrarán la oportunidad de relacionarse económicamente con esas empresas. Por ejemplo, aumentarán los clientes de “paladares” (restaurantes privados) y otros negocios por cuenta propia, en las zonas cercanas a empresas con capital extranjero, lo que aumentará los ingresos y las exigencias de esos negocios.

Se supone además, que de algún modo tengamos la posibilidad de adquirir productos y servicios de mejor calidad que hasta ahora, ya sea directamente como resultado de estas inversiones o como consecuencia de la competencia por la clientela que generan.

Confiemos en que los beneficios que generen estas inversiones para el gobierno cubano también se distribuyan con justicia suficiente como para esperar que mejoren los servicios públicos y la gestión estatal.

Como toda medida económica, la nueva ley de inversión extranjera, merece su oportunidad de avanzar en pos del cambio en Cuba. Esperemos que a pesar de las dificultades que enfrenta su aplicación, constituya un paso más en la libertad económica que Cuba necesita. Aprovechemos los cubanos, en el mejor sentido de la palabra, las pequeñas grietas en el totalitarismo, por las que se cuela irremediablemente, la libertad inherente a la persona humana. Cuba necesita de esa libertad para volver a ser una nación próspera.
Last edit: 08 Jul 2014 22:04 by Democracia Participativa.
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