El Secreto Bancario en el escenario internacional

Banca suizaPor razones de privacidad, el secreto bancario es una facultad que ejercen las entidades financieras de no revelar los datos bancarios e información privada de sus clientes. Si no existiera esta norma, cualquier persona podría solicitar información en un banco o institución financiera sobre los movimientos de las cuentas de una persona. Esto se prestaría a fraudes, estafas y robos de identidad.

Sin embargo, este secreto bancario debe estar regulado frente a las necesidades fiscales de los países y las obligaciones legales de sus ciudadanos. Aunque Suiza ha destacado como el paradigma del secreto bancario, el gobierno suizo cuidó siempre de mantener un aspecto de legalidad frente a los intereses de otros países. De hecho, Suiza tiene una larguísima tradición bancaria y el secreto bancario del país data de tiempos medievales. Algunos historiadores fijan sus orígenes en los Caballeros Templarios, los cuales llegaron a ser los banqueros de Europa. Pero no fue hasta 1934 que el secreto bancario fue codificado por primera vez en ese país. De hecho, todos los bancos suizos están regulados por la Autoridad Federal Supervisora del Mercado Bancario Suizo (FINMA), que ejerce su autoridad por medio de una serie de leyes federales.

Las bases jurídicas de la protección otorgada por la legislación suiza son las mismas de su protección de confidencialidad entre médicos y pacientes o entre abogados y clientes.

El gobierno suizo considera el derecho a la privacidad como un principio fundamental que debe ser protegido por todos los países democráticos.

No obstante, Suiza ha tenido que ir cediendo desde fines del siglo XX en los términos estrictos de su secreto bancario y a principios de este siglo Suiza accedió a revelar el secreto bancario en los casos específicos en que debía dar respuesta a peticiones de jueces en una causa penal. Para eso exigían una orden de Corte para revelar nombres y apellidos, entidad y cuenta bancaria de sus clientes, pero sólo si había pruebas documentales del alegado delito fiscal que motivaba la petición.

En España, el secreto bancario no estuvo propiamente regulado hasta la ley del 22 de noviembre de 2002 y desde entonces ha habido conversaciones con las autoridades helvéticas. Finalmente, Suiza cedió con España a mediados de 2012 concertando un nuevo Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI), que ha entrado en vigor en enero de 2013 mediante el Protocolo entre el Reino de España y la Confederación Suiza que modifica el Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, un título que es un eufemismo para indicar que cesaba de hecho el secreto bancario para los españoles, como ha quedado codificado en una ley antifraude que obligará por primera vez a los contribuyentes a presentar una declaración de los bienes y rentas que tienen en el extranjero. A este Convenio se le identifica como una ley de Cumplimiento Fiscal para Cuentas Extranjeras de primer nivel o FATCA I, que forma parte de lo que en Europa se denomina Acuerdos Rubik.

En estos últimos años, Suiza se ha visto obligada a ceder a las presiones, a veces combinadas, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de la Comisión Europea y de Estados Unidos para revisar su modelo de negocios bancarios. Pero fueron las presiones de EEUU las determinantes en la decisión Suiza, porque el gobierno estadounidense llegó a detener a directivos del banco UBS y amenazó con tomar acciones contra las actividades de los bancos suizos en territorio de Estados Unidos.

Así fue que el Secretario de Estado para Asuntos Financieros Internacionales, Michael Ambühl, y el embajador de Estados Unidos en Berna, Donald S. Beyer, firmaron un acuerdo el miércoles 13 de febrero por la cual el Consejo Federal suizo confirmó otra ley de Cumplimiento Fiscal para Cuentas Extranjeras de segundo nivel (FATCA II), que obliga a las empresas extranjeras a reportar al fisco estadounidenses todas las cuentas de contribuyentes norteamericanos que superen los 50.000 dólares, la cual corresponde a la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA) aprobada en Estados Unidos en 2010 como parte de la Ley de Incentivos para Restaurar el Empleo.

Este acuerdo con el gobierno de EEUU le permite a Suiza poner a salvo a cerca de 12 bancos suizos que actualmente están en riesgo de atravesar procesos judiciales en EEUU por haber promovido la evasión de impuestos y también un alegado "lavado de dinero" entre sus clientes de origen norteamericano. Esto implica que cuando un cliente de EEUU con cuentas suizas cumpla con las condiciones fijadas –es decir, haberes no declarados por más de 50.000 dólares–, su banco suizo le informará que debe notificarlo al fisco estadounidense. Si no acepta, el cliente asume las consecuencias legales que esto puede entrañar y el banco se lava las manos.

"La ley FATCA no es algo de lo debamos alegrarnos. Pero es una solución pragmática", expresó la Ministra de Finanzas suiza, Eveline Widmer-Schlumpf. Pero los banco suizos activos en los mercados financieros internacionales no tienen elección, excepto aplicar las reglas de EEUU, si quieren seguir operando en territorio estadounidense.

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