Democracia Participativa y Doctrina Social

Se ha criticado que en estas páginas haya una sección completa dedicada a la Doctrina Social Cristiana, con  argumentos de que se está mezclando la religión con la política, encubriendo un propósito de proselitismo religioso o sectario. Esas percepciones son falsas o, por lo menos, producto de la ignorancia de quienes escuchan campanas y las califican de religiosas sin saber de dónde proviene el sonido ni cuál es su significado.

Lo cierto es que el modelo sociopolítico, económico y cultural que se deriva de la notable obra publicada en marzo de 2009 y titulada "Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia" no tiene un carácter confesional porque sus planteamientos y soluciones pueden adoptarse sin obligaciones religiosas para incorporarlos en cualquier programa como un medio progresista y armónico de relaciones humanas.

En realidad, hay profundos elementos de democracia participativa en sus planteamientos, como resalta en el énfasis que hace en algunos principios (verlos AQUÍ) que son fundamentales en esta Doctrina, tales como son el Principio de Subsidiariedad, el Principio del Bien Común, el Principio de Participación y el Principio de Solidaridad, entre otros. Todos ellos orientados a dar forma a un análisis flexible de justicia social, la cual sólo es posible y legítima cuando deriva de la responsabilidad ciudadana.

Entre ellos destaca el Principio de Subsidiariedad, que es uno de los fundamentos del concepto "participativo" de la auténtica democracia, sobre el cual se abunda en un breve aporte aclaratorio en ESTE ENLACE.

Además, esta Doctrina Social contiene un énfasis muy definido sobre el respeto y la aplicación de los derechos humanos internacionalmente reconocidos, sobre la defensa del trabajador y la "dignidad" del trabajo, y toda una serie de normas y preceptos que convierte al Compendio en un tratado de ética democrática desde la perspectiva de la compasión, la solidaridad y la dignidad plena del hombre, y con un concepto de estricta separación entre la Iglesia y el Estado.

No quiere esto decir que esta Doctrina Social que queda formulada desde las páginas del Compendio no tenga una base de contenido religioso, puesto que se trata de una compilación codificada de esos mismos principios, derechos, normas y preceptos que surgen del análisis presentado en diversas encíclicas que desde finales del s.XIX se han ocupado de estos temas y cuestiones para desarrollar toda una teoría de justicia social y ética democrática. Empero, basta una lectura desapasionada del Compendio para comprender que su propósito no tiene ninguna intención de proselitismo religioso ni tampoco de evangelización o dogma. Su propósito queda muy claro en una muy breve frase de su segmento introductorio: "La finalidad inmediata de la Doctrina Social es la de proponer los principios y valores que pueden afianzar una sociedad digna del ser humano". El lector puede saltarse las referencias religiosas que efectivamente se encuentran en el Compendio sin perder en ningún momento el propósito político, social y económico de una democracia auténtica con todos y para el bien de todos.

En cuanto al propósito económico que prima en esta Sección de "Economía y Sociedad" que me brinda este espacio, la Doctrina Social impulsa dos ideas que también son perfectamente asequibles a cualquier programa político sin necesidad de connotaciones confesionales. Se trata de la Economía Social de Mercado y de la Teoría del Distributismo. En este artículo no cabe una explicación extensa de esos dos notables planteamientos económicos, pero el lector interesado puede profundizar en este tema en un ensayo que publiqué en febrero de 2014 titulado "La Economía de Mercado a la luz de la Doctrina Social de la Iglesia". A quienes quieran profundizar todavía más desde la perspectiva del sociólogo y del político, recomiendo que lean también: "La Economía Social de Mercado vista por un Sociólogo"  y "Economía Social de Mercado: visión política".

El sociólogo en su exposición señala que «El problema consistirá en cómo basar uno u otro en una ética que prestigie la persona humana en la forma que decía Martí al soñar la nueva República de Cuba: “Yo quiero que la primera ley de la República sea el respeto a la dignidad plena del hombre”.» Y hace especial énfasis en que percibe «al ser humano como constructor de la realidad que le ha tocado vivir, y al mismo tiempo, creando una estructura social asentada sobre la primacía de la persona humana que es el principio que orienta toda otra afirmación.»

El político nos subraya que estas ideas van cobrando forma con los experimentos europeos de posguerra hasta que: «La Economía Social de Mercado nace como una política económica alternativa a lo que existía en ese momento: la economía de mercado liberal y la economía centralizada, planificada y colectivista. En esta alternativa se unía el “principio de la libertad con el principio de la compensación social del mercado”.»

Por mi parte, como economista, enmarco la Teoría del Distributismo como una opción viable de la Economía Social de Mercado. Esa Teoría fundó en gran medida su coherencia en la obra del escritor y filósofo británico del s.XX Gilbert K. Chesterton, quien planteó la necesidad de la descentralización del poder y de la aplicación del Principio de Subsidiariedad para tomar decisiones políticas. Y en su análisis iba al corazón mismo del Principio de Subsidiariedad, teniendo a la familia como base primordial de la sociedad. Por lo tanto, proponía una política que se basa firmemente en el núcleo familiar y en la propiedad privada.

Y precisamente esta teoría económica conocida como Distributismo implica una estructurada descentralización del poder que permita a cada comunidad, a cada municipio o a cada provincia resolver los problemas que atañen a ese escenario político, como postula el Principio de Subsidiariedad; y, por supuesto, descansa en la base fundamental de la sociedad, que es el núcleo familiar. Por tanto, el Distributismo es una teoría económica que aspira a una economía más humana, más compasiva, que permita un mayor grado de justicia económica sin concentrar el poder en un sistema centralizado todopoderoso. Es una crítica, tanto a los sistemas capitalistas como a los socialistas, que desde políticas distintas han fomentado en diversos grados la injusticia, la miseria y el caos social, y han contribuido a la desintegración del núcleo familiar, que es uno de los peores flajelos de nuestra época.

Uno de los principios más notables del Distributismo es el “localismo”, es decir, un mecanismo para combatir el síndrome maligno de la separación del ámbito económico del núcleo fundamental de la vida cotidiana, que es el hogar. Combate los monopolios y oligopolios y promueve un apoyo resuelto a las pequeñas y medianas empresas que se convierten en núcleos locales de poder económico, más cerca del trabajador y su entorno familiar y de amistades, para hacer énfasis en la idea del Cooperativismo, en el que muchos empresarios pequeños unen sus esfuerzos para el bien común, o una multitud de obreros o empleados se organizan para establecer una empresa con la colaboración de todos, según sus capacidades.

Por lo tanto, el Distributismo es un vehículo práctico del Principio de Subsidiariedad aplicado al ámbito económico.

Es evidente la concatenación de todas estas ideas, teorías, principios, derechos y normas con los propósitos de propagar la democracia participativa como sistema de unidad en la diversidad para edificar una sociedad armoniosa que pueda vivir en paz. Por eso ocupan un lugar relevante en estas páginas.

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