Los Esclavistas del Siglo XXI

Luego de confiscar las fincas productivas del Sur del Lago ha habido sucesivos pronunciamientos del Vicepresidente y Presidente de la República sobre la existencia de trabajo esclavo, y por ende la superexplotación por generaciones de quienes laboran en esos predios, convirtiendo en latiguillo comunicacional su afirmación mediante  innumerables cadenas mediáticas.

Si ello fuera cierto la negligencia gubernamental es abrumadora, ya que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en vigencia desde 1999 contempla en su artículo 54 “ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre….”. ¿Y en 11 años el todopoderoso Estado de la Va. República no pudo impedirlo?, aun cuando el Ministerio del Trabajo y Tribunales tienen dependencias en la propia Sta. Bárbara del Zulia capital del Municipio Colón, pudiendo impartir entre otras competencias justicia laboral en todo el Sur del Lago.

Opino que hoy no resultaría económico tener esclavos, ya que significa dotarlos de vivienda, alimentación, vestido, servicios públicos y para mantenerlos y  laborar son necesarios 5 salarios mínimos por persona, por tanto lo que mas se aproxima hoy al trabajo esclavo es el trabajo forzoso.  Explotación laboral repudiada en el mundo entero, en nuestra CRBV ya citada y en el convenio 29 sobre trabajo forzoso u obligatorio de la OIT por cierto firmado por Venezuela en 1944.

Para la OIT el trabajo forzoso ocurre cuando el trabajo o el servicio son exigidos por el Estado, o entes privados que tienen la voluntad  y el poder de amenazar a los trabajadores con violencia física; privarlos de alimentos, tierra, remuneración, familias,  de libertad plena (H. Lucena, 2010).

médicos cubanos al servicio de Venezuela¿Qué situación está mas cerca de esta oprobiosa relación laboral en pleno siglo XXI?. El caso de miles de médicos cubanos que prestan servicios para Barrio Adentro, cuya labor tiene un precio en $ para el Gobierno Nacional en convenio con el Estado Cubano y la remuneración que perciben es sustancialmente menor en Bs., vigilados por el aparato policial castrista el G-2, despedidos y repatriados aquellos que no cumplan las órdenes gubernamentales. Acaso la Constitución cubana está por encima de las leyes venezolanas, la ley Orgánica del Trabajo (LOT) establece en el artículo 120 de su Reglamento (2006) “los trabajadoras y trabajadores extranjeros gozarán de libertad sindical, sin mas restricciones que las establecidas en la ley. Cuando así lo prevean los estatutos de la organización sindical, podrán integrar su junta directiva... sin necesidad de autorización previa.”   Pues bien acaban de ser despedidos 6 médicos cubanos del Hospital  Guevara Rojas de El Tigre, Edo. Anzoátegui por no continuar trabajando en la misión Barrio Adentro y haber contraído matrimonio con ciudadanos venezolanos, lo cual suma a los cientos de médicos y funcionarios que han abandonado estas misiones.

O en nuestro país  los trabajadores de PDVAL, MERCAL, PETROCASA, INTI, entre numerosas instituciones publicas, obligados a trabajar con pésimos salarios y con prohibición expresa de constituir sindicatos y negociar contratos colectivos; o las decenas de dirigentes sindicales de Guayana y el Petróleo encauzados en tribunales por exigir derechos laborales. ¿Cómo califica el gobierno la labor en el sector público donde suspende indefinidamente los contratos colectivos de 1.300.000 trabajadores durante mas de 5 años?.

A pesar de la costosa propaganda donde el gobierno chavista muestra a trabajadores de Café Fama de América, de Aceite Diana o a petroleros de PDVSA pletóricos de “felicidad socialista”, no logra disipar su verdadero rostro antilaboral por la amargura que genera en la condición de vida de los trabajadores venezolanos.

 

Froilán Barrios Nieves, Movimiento Laborista

Maracaibo, 27 – 12- 2010

fbarriosnieves@gmail.com

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