¿Hasta dónde puede llegar el Estado?

La polémica entre los límites de los derechos del Estado

Fuente: Catholic Net

La polémica entre los límites de los derechos del Estado y de los individuos es histórica y universal y, lo seguirá siendo. 

El hombre es naturalmente un ser destinado a la sociabilidad se agrupa en comunidades en distintos niveles. La presión de esas comunidades locales nacionales y supranacionales, con frecuencia extralimita sus competencias, limitando la dignidad y libertad del individuo como persona.

Distintos grupos ideológicos utilizan esas estructuras para imponer sus intereses y, como dijo Francisco recientemente, “hay colonizaciones ideológicas que destruyen”.

Por ejemplo, cuando el Papa Francisco dice que “hay una guerra mundial para destruir el matrimonio”, es un ejemplo de cómo entes supranacionales, manipulados por grupos ideológicos, intentan imponer una legislación que se enfrenta a los derechos de las familias, de los padres a educar a los hijos, de los centros de enseñanza a elegir su proyecto curricular o, de los individuos a exponer sus creencias religiosas. Por no mencionar la injerencia de algunos poderes públicos en la vida de los individuos a través de la información virtual.

Por ello, la Iglesia elaboró el principio de subsidiariedad que establece que “una estructura social de orden superior no debe interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior”.

En cuatro breves puntos el Catecismo nos resume y aclara hasta dónde puede llegar el Estado:

1883. “La socialización presenta también peligros. Una intervención demasiado fuerte del Estado puede amenazar la libertad y la iniciativa personales. La doctrina de la Iglesia ha elaborado el principio llamado de subsidiariedad. Según éste, “una estructura social de orden superior no debe interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior, privándole de sus competencias, sino que más bien debe sostenerle en caso de necesidad y ayudarle a coordinar su acción con la de los demás componentes sociales, con miras al bien común” (CA 48; Pío XI, enc. Quadragesimo anno).

1884. Dios no ha querido retener para Él solo el ejercicio de todos los poderes. Entrega a cada criatura las funciones que es capaz de ejercer, según las capacidades de su naturaleza. Este modo de gobierno debe ser imitado en la vida social. El comportamiento de Dios en el gobierno del mundo, que manifiesta tanto respeto a la libertad humana, debe inspirar la sabiduría de los que gobiernan las comunidades humanas. Estos deben comportarse como ministros de la providencia divina.

1885. El principio de subsidiariedad se opone a toda forma de colectivismo. Traza los límites de la intervención del Estado. Intenta armonizar las relaciones entre individuos y sociedad. Tiende a instaurar un verdadero orden internacional.

1894. Según el principio de subsidiariedad, ni el Estado ni ninguna sociedad más amplia deben suplantar la iniciativa y la responsabilidad de las personas y de las corporaciones intermedias. 

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