CUBA: Presentan petición avalada por 500 firmas a la Asamblea Nacional exigiendo legislar sobre los derechos de manifestación y reunión

  • La redacción y aprobación de esta ley prevista en la Constitución es "urgente y fundamental", porque muchos cubanos están en prisión "por el uso pacífico de sus derechos humanos y constitucionales", subrayaba la petición.
  • La Asamblea Nacional del Poder Popular cerró sus sesiones el miércoles 14 sin dar atención alguna al reclamo de los derechos inalienables de sus ciudadanos.

X Periodo de Sesiones de la Asamblea Nacional La Habana, Dec.15 (DPnet). Poco más de 500 miembros de la sociedad civil independiente elevaron este martes una petición a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP)* exigiendo que se redacte y apruebe una ley sobre el derecho de reunión y de manifestación pública, el cual continúa en un vacío legal pese a que tienen una base constitucional y está explícitamente reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Esta petición entregada en la sede parlamentaria fue el resultado de un acuerdo entre varios grupos de la sociedad civil independiente que plantea a la ANPP la obligación de reconocer estos derechos reconocidos en el Artículo 61 de la Constitución de la República, aprobada en 2019, mediante un proyecto de ley que elabore las disposiciones correspondientes para su ejercicio.

El Consejo para la Transición Democrática en Cuba publicó un comunicado en el que espresa: "La discusión y aprobación de esta norma estaba incluida en el cronograma legislativo 2020-2023. A consecuencia de la Covid, dicho cronograma fue modificado en 2022, excluyendo, sin justificación argumental, la norma en cuestión de entre las que efectivamente se han venido aprobando una vez restablecida la normalidad en la vida institucional del país".

Prosigue más adelante señalando que: "La exclusión, inexcusable, es contraria al mandato popular dado a la Constitución del Estado en febrero de 2018, luego de la consulta popular del anteproyecto y a través de la cual la sociedad cubana expresó, rebasando los límites de la consulta misma, sus demandas de más derechos para más personas".

Los firmantes recuerdan que "entre la amplia batería de normas aprobadas, muy pocas responden al cuerpo de los derechos ciudadanos. La mayoría tienen como objeto proteger al Estado de la acción legítima de aquellos. De ellas, el Código Penal constituye la prueba del divorcio deliberado del Gobierno con la sociedad y con la Constitución del Estado". Y subrayan que: "La aprobación de esta ley es urgente y fundamental. Muchas y muchos ciudadanos cubanos están hoy en prisión por el uso pacífico de sus derechos humanos y Prisión donde están muchos manifestantes cubanos del 11Jconstitucionales, en medio de la ausencia de precisión jurídica y legal que les respalden, de la interpretación caprichosa de la Constitución por parte de autoridades y funcionarios, y de la judicialización política e ideológica de nuestros derechos civiles y políticos".

Pese al contenido del Artículo 61 de la Constitución, las protestas ciudadanas pacíficas que se producen en Cuba y que desde el 11 de julio de 2021 se han convertido en una de las maneras más frecuentes de expresar el descontento con el régimen, son criminalizadas por las autoridades, que contra ellas lanzan a su aparato represivo, incluyendo grupos paramilitares. Sus participantes son golpeados, encarcelados y condenados a largas penas de prisión.

El documento dirigido a Esteban Lazo, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, está firmado por nueve ciudadanos miembros de CTDC y la ONG Cubalex, además de otros 500 ciudadanos, y ha recibido un resuelto respaldo de organizaciones del exilio cubano, incluyendo la Solidaridad de Trabajadores Cubanos, que ha circulado un comunicado de respaldo AQUÍ.

La Participatory Democracy Cultural Initiative, Inc. (PDCI) patrocinadora de nuestra revista digital (DemocraciaParticipativa.net) ha emitido también un comunicado de respaldo a esta justa petición de reconocimiento de los derechos humanos de los cubanos, señalando la obligación de atenderla mediante un proyecto de ley que le dé curso legal a las disposiciones contenidas en el Artículo 61 de la Constitución vigente de la República de Cuba, donde reconoce que: "Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades", lo cual requiere reconocer el derecho a la reunión de los peticionarios para elaborar las quejas pertinentes y el derecho a organizar manifestaciones cuando esas quejas no son atendidas, como lo requiere ese mismo artículo de la Constitución, señalando que las autoridades "están obligadas a tramitarlas y a dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas" en un plazo razonable que debe determinar la ley.
Los lectores interesados pueden leer el texto completo de este comunicado AQUÍ.

Lamentablemente, ni la Asamblea Nacional ni cualquiera de sus Comisiones le dio la atención debida a esta petición y cerró sus dos días de sesiones el miércoles 14 despreciando el reclamo de derechos inalienables de sus ciudadanos.

* Organo legislativo unicameral y unipartidista.

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