Una nota interna de U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) fechada el 12 de mayo de 2025 autoriza a los agentes a entrar por la fuerza en las viviendas sin una orden judicial. Según el memo, pueden hacerlo con una orden administrativa (formulario I-205) pero esta orden solo permite la detención en lugares públicos o de trabajo, no la entrada forzada en un hogar privado. Lamentablemente, la nota indica que si se les deniega la entrada, los agentes de ICE están autorizados a utilizar la fuerza para abrir la puerta después de notificar su intención, y pueden hacerlo de 6 a.m. a 10 p.m.
Sin embargo, una orden administrativa (como una orden de deportación) solo permite la detención en lugares públicos o de trabajo, pero no permite la entrada forzada a un hogar privado sin el consentimiento del inquilino o propietario. Advertencia: la apertura de la puerta puede interpretarse erróneamente como consentimiento. Si tienen una orden judicial válida, entonces se les puede pedir que la pasen por debajo de la puerta para inspeccionarla antes de abrir la puerta. Una vez comprobada, digan: "No doy mi consentimiento a ninguna búsqueda más allá de lo estipulado en la orden".
La privacidad es importante para preservar la libertad en la sociedad. Nadie debe tener la capacidad de patear la puerta equivocada y decir ¡lo siento!... ¿Qué pasa con el daño material y psicológico? ¿Puede justificarse que las autoridades pongan en peligro la paz y los bienes de personas inocentes a causa de un error irresponsable?