Propósito y significado de la 14ª Enmienda a la Constitución de EEUU
- Gerardo E. Martínez-Solanas
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Propósito y significado de la 14ª Enmienda a la Constitución de EEUU
26 Jan 2025 19:05 - 26 Jan 2025 19:17
Para mejor entender sus propósitos y entonces poder interpretar la 14ª Enmienda a la Constitución de Estados Unidos, debemos comenzar con un breve recuento histórico sobre el caso de Dred Scott vs Sanford presentado ante la Corte Suprema, que dictaminó en 1857 que los esclavos no eran ciudadanos de los Estados Unidos y no podían demandar en un tribunal federal. La decisión también declaró que el Congreso no podía prohibir la esclavitud en los territorios de Estados Unidos.
Dred Scott fue un afroamericano esclavizado que demandó su libertad en 1846. El caso se presenta como secuencia del "Compromiso de Missouri" de 1820, que prohibió la esclavitud en el territorio de la "Compra de Luisiana" al norte de los 36° 30' de latitud norte. La decisión de la Corte Suprema fue un gran revés para el movimiento antiesclavista e intensificó el conflicto entre el Norte y el Sur que desembocó en una cruenta guerra civil.
Esa deplorable decisión fue revocada por las enmiendas 13 y 14 de la Constitución. La 13ª que abolió la esclavitud y la 14ª, que entró en vigor en julio de 1868, por la que se otorgó la ciudadanía a todas las personas nacidas en los Estados Unidos con carácter de súbditos de este país (y no de otro).
Esta condición de ser "súbditos" establece limitaciones que se oponen a cualquier interpretación basada en un supuesto derecho universal de naturalización por nacimiento. En este sentido, la Constitución dice claramente que:
«Sección 1. Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos, y sujeta a su jurisdicción, es ciudadana de los Estados Unidos y del Estado en que resida. Ningún Estado podrá crear o implementar leyes que limiten los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá ningún Estado privar a una persona de su vida, libertad o propiedad, sin un debido proceso legal; ni negar a persona alguna dentro de su jurisdicción la protección legal igualitaria.» (He destacado las palabras pertinentes a este análisis)
Esta enmienda no sólo se redactó para reparar el abuso contra los esclavos y sus descendientes sino también para impedir que los que habían «incurrido en insurrección o rebelión» o hubieran «dado auxilio o consuelo a sus enemigos» puedan llegar a ser senadores o representantes en el Congreso federal, ni electores del Presidente, ni Presidente del país (Sección 3).
Por tanto, la clara intención de la 14ª Enmienda fue precisamente enmendar los abusos de la esclavitud y sus consecuencias y prevenir que quienes intentaron independizarse del país ocuparan posiciones de influencia política y pudieran provocar una nueva secesión.
La Constitución, como Ley Suprema del país, es redactada por muchos países con la intención de cimentar un orden estable de respeto a la ley y, por consiguiente, a la legalidad y legitimidad de las decisiones que tomen las autoridades. Esa es la esencia del texto redactado por los Padres Fundadores de EEUU y de las enmiendas añadidas con la aprobación de una vasta mayoría del país en busca del consenso nacional que toda Constitución debe representar.
Por el contrario, es lamentable que leguleyos con agendas y propósitos particulares intenten hacer trampa aferrándose a la letra de ciertos segmentos del texto constitucional. Ese es el caso de darle un significado exclusivo y literal a determinados segmentos de la primera frase de la Sección 1, cuando citan que: «Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos ..., es ciudadana de los Estados Unidos», descartando con estudiada displicencia que la frase también termina diciendo "del Estado en que resida" –luego se refiere a un "residente"–, así como la limitación explícita de que esa persona debe estar "sujeta a su jurisdicción", una segmento que debe figurar en los puntos suspensivos y que omiten al citar la frase, la cual se refiere a la condición que especifica el requisito de ser súbdito legal de Estados Unidos.
Por supuesto que NO es "residente" de ningún Estado una persona que ha violado las leyes de este país ingresando en su territorio ilegalmente y ocupando ilegalmente puestos de trabajo que debieran estar disponibles a residentes legales y ciudadanos (sin contar otros delitos que pueda haber cometido), ni es TAMPOCO un "súbdito" reconocido por los Estados Unidos, sino que sigue siendo súbdito de su país de nacimiento. Del mismo modo, sus hijos son legalmente súbditos del país de sus padres por la condición del "jus sanguinis", un término legal en latín que literalmente determina el "derecho de sangre", el cual implica que la identidad nacional es algo heredado de los padres, una identidad colectiva que se transmite de generación en generación.
En resumen, la ciudadanía es condicional porque significa tener lealtad al país donde la persona reside y esa lealtad se demuestra mediante el respeto y cumplimiento incondicional de sus leyes. Para los extranjeros que desean residir permanentemente en el país con el propósito de llegar a ser naturalizados como ciudadanos, hay métodos establecidos que facilitan los procedimientos normales para lograrlo. Cualquier otro medio que se intente para lograrlo es tramposo, ilegal y constitucionalmente ilegítimo.
Dred Scott fue un afroamericano esclavizado que demandó su libertad en 1846. El caso se presenta como secuencia del "Compromiso de Missouri" de 1820, que prohibió la esclavitud en el territorio de la "Compra de Luisiana" al norte de los 36° 30' de latitud norte. La decisión de la Corte Suprema fue un gran revés para el movimiento antiesclavista e intensificó el conflicto entre el Norte y el Sur que desembocó en una cruenta guerra civil.
Esa deplorable decisión fue revocada por las enmiendas 13 y 14 de la Constitución. La 13ª que abolió la esclavitud y la 14ª, que entró en vigor en julio de 1868, por la que se otorgó la ciudadanía a todas las personas nacidas en los Estados Unidos con carácter de súbditos de este país (y no de otro).
Esta condición de ser "súbditos" establece limitaciones que se oponen a cualquier interpretación basada en un supuesto derecho universal de naturalización por nacimiento. En este sentido, la Constitución dice claramente que:
«Sección 1. Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos, y sujeta a su jurisdicción, es ciudadana de los Estados Unidos y del Estado en que resida. Ningún Estado podrá crear o implementar leyes que limiten los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá ningún Estado privar a una persona de su vida, libertad o propiedad, sin un debido proceso legal; ni negar a persona alguna dentro de su jurisdicción la protección legal igualitaria.» (He destacado las palabras pertinentes a este análisis)
Esta enmienda no sólo se redactó para reparar el abuso contra los esclavos y sus descendientes sino también para impedir que los que habían «incurrido en insurrección o rebelión» o hubieran «dado auxilio o consuelo a sus enemigos» puedan llegar a ser senadores o representantes en el Congreso federal, ni electores del Presidente, ni Presidente del país (Sección 3).
Por tanto, la clara intención de la 14ª Enmienda fue precisamente enmendar los abusos de la esclavitud y sus consecuencias y prevenir que quienes intentaron independizarse del país ocuparan posiciones de influencia política y pudieran provocar una nueva secesión.
La Constitución, como Ley Suprema del país, es redactada por muchos países con la intención de cimentar un orden estable de respeto a la ley y, por consiguiente, a la legalidad y legitimidad de las decisiones que tomen las autoridades. Esa es la esencia del texto redactado por los Padres Fundadores de EEUU y de las enmiendas añadidas con la aprobación de una vasta mayoría del país en busca del consenso nacional que toda Constitución debe representar.
Por el contrario, es lamentable que leguleyos con agendas y propósitos particulares intenten hacer trampa aferrándose a la letra de ciertos segmentos del texto constitucional. Ese es el caso de darle un significado exclusivo y literal a determinados segmentos de la primera frase de la Sección 1, cuando citan que: «Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos ..., es ciudadana de los Estados Unidos», descartando con estudiada displicencia que la frase también termina diciendo "del Estado en que resida" –luego se refiere a un "residente"–, así como la limitación explícita de que esa persona debe estar "sujeta a su jurisdicción", una segmento que debe figurar en los puntos suspensivos y que omiten al citar la frase, la cual se refiere a la condición que especifica el requisito de ser súbdito legal de Estados Unidos.
Por supuesto que NO es "residente" de ningún Estado una persona que ha violado las leyes de este país ingresando en su territorio ilegalmente y ocupando ilegalmente puestos de trabajo que debieran estar disponibles a residentes legales y ciudadanos (sin contar otros delitos que pueda haber cometido), ni es TAMPOCO un "súbdito" reconocido por los Estados Unidos, sino que sigue siendo súbdito de su país de nacimiento. Del mismo modo, sus hijos son legalmente súbditos del país de sus padres por la condición del "jus sanguinis", un término legal en latín que literalmente determina el "derecho de sangre", el cual implica que la identidad nacional es algo heredado de los padres, una identidad colectiva que se transmite de generación en generación.
En resumen, la ciudadanía es condicional porque significa tener lealtad al país donde la persona reside y esa lealtad se demuestra mediante el respeto y cumplimiento incondicional de sus leyes. Para los extranjeros que desean residir permanentemente en el país con el propósito de llegar a ser naturalizados como ciudadanos, hay métodos establecidos que facilitan los procedimientos normales para lograrlo. Cualquier otro medio que se intente para lograrlo es tramposo, ilegal y constitucionalmente ilegítimo.
Last edit: 26 Jan 2025 19:17 by Gerardo E. Martínez-Solanas.
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