La Iniciativa Ciudadana Europea

La Comisión Europea está planteando uno de los mecanismos básicos de la democracia participativa con la creación de un Reglamento titulado "La Iniciativa Ciudadana Europea", que permitiría a los ciudadanos de Europa (de los 27 Estados que hasta ahora componen la Unión) plantear iniciativas que deberían resolverse mediante consulta pública, plebiscito o referéndum.

Según palabras textuales publicadas por la propia Comisión: "El Tratado de Lisboa introduce una nueva forma de participación pública en la elaboración de políticas de la Unión Europea: la iniciativa ciudadana europea, en virtud de la cual un millón de ciudadanos de un número significativo de Estados miembros puede dirigirse directamente a la Comisión Europea para plantear una iniciativa que les interese en un ámbito de competencia de la UE. Ahora bien, para que los ciudadanos puedan empezar a ejercer este nuevo derecho, es preciso establecer una serie de normas y procedimientos básicos a través de un Reglamento.

Libro Verde de la UE Dada la importancia de este nuevo instrumento puesto a disposición de los ciudadanos, la sociedad civil y los interesados de toda la UE, la Comisión ha emprendido una amplia consulta pública a fin de recabar los puntos de vista de todas las partes interesadas acerca del funcionamiento práctico de la iniciativa ciudadana."

Esta consulta está elaborada en minucioso detalle en un "Libro Verde" que "ofrece un panorama general de los aspectos jurídicos, administrativos y prácticos que debe contemplar el Reglamento" y plantea una serie de preguntas que servirán para recabar opiniones y planteamientos de las partes interesadas.

En su introducción explica que el Tratado de Lisboa (firmado el 13 de diciembre de 2007) modificó el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, sobre todo para "reforzar el tejido democrático de la Unión Europea", incluyendo entre sus principales innovaciones la "iniciativa ciudadana europea".

Según el texto, las iniciativas de los ciudadanos europeos tendrían una serie de requisitos mínimos:

  1. Un millón o más de ciudadanos de la Unión deberían firmarlas;
  2. Deben referirse a cuestiones que requieran un acto jurídico de la Unión;
  3. Deben proceder [las firmas de la iniciativa] de un número significativo de Estados miembros

Este último requisito es el que más controversias está provocando. Unos estiman que el umbral debe fijarse en una mayoría de Estados miembros. Actualmente serían 14. Otros alegan que el término "número significativo" indica que no se ha previsto una mayoría porque semejante umbral sería demasiado elevado y constituiría un obstáculo casi insalvable para los organizadores de cualquiera de las futuras iniciativas que surgieran. Por tanto, algunos proponen que el umbral se limite a un tercio de los Estados Miembros (9 en la actualidad), otros a una cuarta parte (7 hasta el momento). El primer umbral lo favorece la Comisión Europea como el más equilibrado entre las necesidades de representatividad y las facilidades que deben concederse a los ciudadanos. El segundo es el umbral propuesto por el Parlamento Europeo en la Resolución que ha planteado estas cuestiones. No obstante, algunas campañas en Europa están planteando que el umbral no pase de cinco Estados miembros para facilitar, según ellos, una auténtica democracia participativa.

Tanto la Comisión como el Parlamento afirman que este último umbral sería demasiado caótico y costoso. Además, que impulsaría iniciativas que sólo interesan a un número muy pequeño de Estados de la Unión.

El Libro Verde plantea 10 preguntas cuyas respuestas serán consideradas y publicadas en internet por la Comisión Europea y formarán parte de los debates encaminados a la redacción final del Reglamento.  Este Registro se creó en el marco de la Iniciativa Europea en favor de la Transparencia, con vistas a poner a disposición de la Comisión y del público en general información sobre los objetivos, la financiación y las estructuras de los grupos de interés. "Es posible que la Comisión invite a los autores de las contribuciones a una audiencia pública sobre el objeto de este Libro Verde."

Las respuestas a las 10 preguntas que figuran en el Libro Verde puden dirigirse por correo electrónico a ECI-Consultation@ec.europa.eu o por correo postal a:

Comisión Europea
Secretaría General
Dirección E. Mejora de la Reglamentación y Asuntos Institucionales
Unidad E.1. Asuntos Institucionales
1049 Bruxelles/Brussel
BÉLGICA

Las respuestas deben llegar a la Comisión Europea antes del 31 de enero de 2010.

Sólo se considerarán las respuestas de los ciudadanos de la Unión Europea, aunque las que se reciban de otras partes podrían ser estudiadas según su pertinencia.

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