Derechos y deberes humanos.
- Eugenio R. Balari †
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Derechos y deberes humanos.
05 Jun 2017 19:57
Derechos y deberes humanos.
-En la larga y compleja lucha civilizadora por conquistar una vida digna, más plena y mejor; son diversos los derechos alcanzados por el ser humano, en medio de su creciente acelerada socialización.
En la sociedad contemporánea, esos derechos son fundamentales para el buen y seguro desenvolvimiento en la vida de las personas. Cuando esos derechos humanos, por cualquier razón, son desconocidos o vulnerados, los individuos ven reducidas sus prerrogativas de vida y su desarrollo social; porque al ser coartados de alguna forma, se reducen, limitan, o violan, las más relevantes conquistas obtenidas por los individuos; la vida deja de ser plena y las personas se ven afectadas en sus actuaciones.
-Los derechos humanos se enmarcan dentro de ciertas condiciones de libertades, u otras prerrogativas sociales, alcanzadas desde mediados del siglo XX; esos derechos posibilitan garantizar una vida satisfactoria y decorosa, porque en su proclamación se orientan a tratar de impedir la discriminación de razas, géneros, idiomas, religiones, opinión política, origen nacional o social, posición económica; u otros aspectos, que con frecuencia son utilizados para limitar o accionar discriminatoriamente sobre las personas.
Los derechos humanos proclamados, con independencia de los marcos jurídicos que existan en cualquier país, se consideran internacionalmente, como fuentes de necesarios derechos a garantizar a las gentes.
Sin embargo analizados desde la jurisprudencia, sólo los países que han suscrito esos acuerdos internacionales, son los que se encuentran legalmente obligados a su cumplimiento.
-La concepción de los derechos humanos, posee un carácter universal e igualitario para todas las personas, son por demás incompatibles con las ideas o sistemas basados en la superioridad racial, de pueblo, clase social, o abusos desde los ámbitos del poder.
Surgieron en 1948 cuando fue proclamada la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En la declaración se reconoce el ideal común, por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse (económica, política o socialmente); aunque son imprescindible esos esfuerzos ocurran, sin lastimar al ser humano y menos violando los derechos proclamados.
En la Declaración Universal aparece una amplia lista de derechos civiles y políticos, que quedaron explícitos para servir de bandera de luchas y reivindicaciones ciudadanas.
-Entre los más significativos promulgados se encuentran: El derecho a la vida, a la integridad personal, al empleo, igualdad, libertad e información, el derecho al asilo, a la nacionalidad, a la migración y extranjería, a la justicia y seguridad social, a la salud y educación, a un nivel de vida decoroso y un medio ambiente sano.
Lamentablemente, si los analizamos fría y rigurosamente, es improbable, algún país pueda presentarse invicto hacia el pleno reconocimiento y garantía de los mismos. Pero si bien estos derechos son fundamentales para la protección y desenvolvimiento de las personas (en cualquier rincón de la tierra); es necesario también nos preocupemos por la responsabilidad y deberes que el individuo/ciudadano adquiere socialmente.
-Partiendo de tal idea aprovecho para decir, que también los deberes nos atañen a todos; porque es necesario concientizar, que la moral del individuo se concreta a través de su comportamiento ante el deber.
Las personas se identifican por su comportamiento ante los deberes sociales, de esa forma muestran su educación, conciencia, ética e integración social.
El deber individual se encuentra condicionado socialmente, pero sobrepasa los marcos jurídicos de la sociedad y además les dicta a las personas, moralmente, lo que está bien o mal. Le ordena o restringe al individuo sus obligaciones, o sus actuaciones durante el curso de su vida.
-Los deberes no son dogmas pues parten de las relaciones entre los individuos y la sociedad, así se originan o modifican acorde con la dinámica social; lo que hace necesario comprender, que a más derechos humanos más deberes cargan los individuos.
Como las personas no vivimos aisladas y si en sociedad; es deber de cada quien, esforzarse en correspondencia con sus aptitudes y posibilidades por el bienestar de su colectividad ciudadana.
El individuo descomprometido de su deber social (consciente o inconscientemente), es inconsecuente con si mismo y dañino a la sociedad donde pertenece.
-Los deberes devienen reflejo de los ideales que sustentan las personas, también de nuestros comportamientos éticos y morales (individuales, familiares y sociales); pero mientras con más rigor nos aferramos a ellos, ya que son parte de nuestros ideales; así percibimos mayor necesidad de ser consecuentes con los mismos.
Es por demás comprensible que si la moral es social, los deberes del individuo también lo sean; por lo que es necesario comprendamos, que en todas las épocas surgió ese sentimiento, aunque se modificara en el tiempo, las circunstancias históricas y el devenir de las transformaciones económico/sociales.
-La evolución social determina el incremento de los derechos de las personas, surgiendo nuevas conductas y/o valoraciones morales y éticas, porque los tiempos y las relaciones sociales y económicas se modifican. Al analizar filosóficamente los sentimientos sobre los derechos humanos, estos se relacionan, fundamentalmente, a las normas y justicia de la sociedad, porque los condicionan o determinan los veredictos de las leyes existentes.
-El cumplir con nuestros deberes, no nos debe llevar a subordinar nuestra conciencia ante el peso de otras voluntades, pues afectamos la autoestima y prescindimos de la mayor de las satisfacciones que podamos tener, la del deber cumplido.
Cuando ante el deber se procede de forma consecuente, se pone de manifiesto nuestra voluntad y la entereza o valentía que nos caracteriza.
-Definir los deberes socialmente, no implica que los poderes o las autoridades puedan determinar en exclusiva sobre ellos, pues son valores morales a que se ven compulsadas conscientemente las personas, ellos nos llegan o influyen, mediante las ideas que trasmite la sociedad en su conjunto.
Se comprende que la sociedad y los individuos se influyen y condicionan recíprocamente, por esa razón y además el respeto a la justicia; medimos los modelos civilizatorios que proyectan diferentes códigos de justicia social y a los individuos, por el rigor con que proceden ante sí mismos y la sociedad.
-La justicia se ve obligada y debe garantizar a las personas sus derechos como ciudadanos; mientras los individuos deben ser cumplidores de los deberes que la sociedad establece, a través de normas jurídicas y la moral social. Las sociedades han de batallar en la práctica por encontrar ese equilibrio o equilibrio ideal entre esas dos cuestiones; pues no se trata que con frecuencia nos recuerden, sólo nuestros derechos, sino que igualmente se exijan y hagan cumplir los deberes que asumimos socialmente.
-En la larga y compleja lucha civilizadora por conquistar una vida digna, más plena y mejor; son diversos los derechos alcanzados por el ser humano, en medio de su creciente acelerada socialización.
En la sociedad contemporánea, esos derechos son fundamentales para el buen y seguro desenvolvimiento en la vida de las personas. Cuando esos derechos humanos, por cualquier razón, son desconocidos o vulnerados, los individuos ven reducidas sus prerrogativas de vida y su desarrollo social; porque al ser coartados de alguna forma, se reducen, limitan, o violan, las más relevantes conquistas obtenidas por los individuos; la vida deja de ser plena y las personas se ven afectadas en sus actuaciones.
-Los derechos humanos se enmarcan dentro de ciertas condiciones de libertades, u otras prerrogativas sociales, alcanzadas desde mediados del siglo XX; esos derechos posibilitan garantizar una vida satisfactoria y decorosa, porque en su proclamación se orientan a tratar de impedir la discriminación de razas, géneros, idiomas, religiones, opinión política, origen nacional o social, posición económica; u otros aspectos, que con frecuencia son utilizados para limitar o accionar discriminatoriamente sobre las personas.
Los derechos humanos proclamados, con independencia de los marcos jurídicos que existan en cualquier país, se consideran internacionalmente, como fuentes de necesarios derechos a garantizar a las gentes.
Sin embargo analizados desde la jurisprudencia, sólo los países que han suscrito esos acuerdos internacionales, son los que se encuentran legalmente obligados a su cumplimiento.
-La concepción de los derechos humanos, posee un carácter universal e igualitario para todas las personas, son por demás incompatibles con las ideas o sistemas basados en la superioridad racial, de pueblo, clase social, o abusos desde los ámbitos del poder.
Surgieron en 1948 cuando fue proclamada la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En la declaración se reconoce el ideal común, por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse (económica, política o socialmente); aunque son imprescindible esos esfuerzos ocurran, sin lastimar al ser humano y menos violando los derechos proclamados.
En la Declaración Universal aparece una amplia lista de derechos civiles y políticos, que quedaron explícitos para servir de bandera de luchas y reivindicaciones ciudadanas.
-Entre los más significativos promulgados se encuentran: El derecho a la vida, a la integridad personal, al empleo, igualdad, libertad e información, el derecho al asilo, a la nacionalidad, a la migración y extranjería, a la justicia y seguridad social, a la salud y educación, a un nivel de vida decoroso y un medio ambiente sano.
Lamentablemente, si los analizamos fría y rigurosamente, es improbable, algún país pueda presentarse invicto hacia el pleno reconocimiento y garantía de los mismos. Pero si bien estos derechos son fundamentales para la protección y desenvolvimiento de las personas (en cualquier rincón de la tierra); es necesario también nos preocupemos por la responsabilidad y deberes que el individuo/ciudadano adquiere socialmente.
-Partiendo de tal idea aprovecho para decir, que también los deberes nos atañen a todos; porque es necesario concientizar, que la moral del individuo se concreta a través de su comportamiento ante el deber.
Las personas se identifican por su comportamiento ante los deberes sociales, de esa forma muestran su educación, conciencia, ética e integración social.
El deber individual se encuentra condicionado socialmente, pero sobrepasa los marcos jurídicos de la sociedad y además les dicta a las personas, moralmente, lo que está bien o mal. Le ordena o restringe al individuo sus obligaciones, o sus actuaciones durante el curso de su vida.
-Los deberes no son dogmas pues parten de las relaciones entre los individuos y la sociedad, así se originan o modifican acorde con la dinámica social; lo que hace necesario comprender, que a más derechos humanos más deberes cargan los individuos.
Como las personas no vivimos aisladas y si en sociedad; es deber de cada quien, esforzarse en correspondencia con sus aptitudes y posibilidades por el bienestar de su colectividad ciudadana.
El individuo descomprometido de su deber social (consciente o inconscientemente), es inconsecuente con si mismo y dañino a la sociedad donde pertenece.
-Los deberes devienen reflejo de los ideales que sustentan las personas, también de nuestros comportamientos éticos y morales (individuales, familiares y sociales); pero mientras con más rigor nos aferramos a ellos, ya que son parte de nuestros ideales; así percibimos mayor necesidad de ser consecuentes con los mismos.
Es por demás comprensible que si la moral es social, los deberes del individuo también lo sean; por lo que es necesario comprendamos, que en todas las épocas surgió ese sentimiento, aunque se modificara en el tiempo, las circunstancias históricas y el devenir de las transformaciones económico/sociales.
-La evolución social determina el incremento de los derechos de las personas, surgiendo nuevas conductas y/o valoraciones morales y éticas, porque los tiempos y las relaciones sociales y económicas se modifican. Al analizar filosóficamente los sentimientos sobre los derechos humanos, estos se relacionan, fundamentalmente, a las normas y justicia de la sociedad, porque los condicionan o determinan los veredictos de las leyes existentes.
-El cumplir con nuestros deberes, no nos debe llevar a subordinar nuestra conciencia ante el peso de otras voluntades, pues afectamos la autoestima y prescindimos de la mayor de las satisfacciones que podamos tener, la del deber cumplido.
Cuando ante el deber se procede de forma consecuente, se pone de manifiesto nuestra voluntad y la entereza o valentía que nos caracteriza.
-Definir los deberes socialmente, no implica que los poderes o las autoridades puedan determinar en exclusiva sobre ellos, pues son valores morales a que se ven compulsadas conscientemente las personas, ellos nos llegan o influyen, mediante las ideas que trasmite la sociedad en su conjunto.
Se comprende que la sociedad y los individuos se influyen y condicionan recíprocamente, por esa razón y además el respeto a la justicia; medimos los modelos civilizatorios que proyectan diferentes códigos de justicia social y a los individuos, por el rigor con que proceden ante sí mismos y la sociedad.
-La justicia se ve obligada y debe garantizar a las personas sus derechos como ciudadanos; mientras los individuos deben ser cumplidores de los deberes que la sociedad establece, a través de normas jurídicas y la moral social. Las sociedades han de batallar en la práctica por encontrar ese equilibrio o equilibrio ideal entre esas dos cuestiones; pues no se trata que con frecuencia nos recuerden, sólo nuestros derechos, sino que igualmente se exijan y hagan cumplir los deberes que asumimos socialmente.
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