El tema de una nueva Constitución en Cuba provocó un extenso debate en 2014 en este FORO, en el que se sumaron un total de 31 mensajes y respuestas con la participación de varias personas en una controversia respetuosa pero repleta de firmes convicciones.
Cinco años después, muchos cubanos tuvieron la esperanza de que debates como este influyeran en el proceso de redactar y aprobar una nueva Constitución de la República de Cuba, para sustituir la versión de 2002, en un proceso que se inicia desde el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba (PCC) en abril de 2011. Finalmente, la redacción de un texto cristalizó en un Proyecto Constitucional que fue sometido a "consulta popular" entre agosto y noviembre de 2018.
A través de las Asambleas de Distrito y Municipales se debatió el proyecto en los meses previos a la consulta, pero 4,786 propuestas presentadas para mejorar la orientación democrática del texto fueron descartadas
"por improcedentes desde el punto de vista jurídico, ya que no eran contenidos constitucionales sino detalles que no tienen sentido en la lógica constitucional", según explicó el Secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta, sin detallar por qué no tenían sentido. Por otra parte, las opiniones de los cubanos residentes en el extranjero fueron agrupadas en 978 "propuestas tipo", siendo aceptadas 391 de ellas, ninguna de las cuales abría paso a nuevos métodos o mecanismos democráticos.
Aparte de este engañoso mecanismo, lo cierto fue que el proyecto de reforma constitucional propuesto por el gobierno cubano no respetó el procedimiento democrático habitual que permite al pueblo, en ejercicio de sus derechos y su soberanía, elegir a quienes lo van a representar en una Asamblea Constituyente cuando se trata de redactar una nueva Constitución. Por el contrario, en este caso el procedimiento consistió en elaborar un texto publicado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, el cual fue aprobado por unanimidad ¡después de dos días de debates! ¡Sólo dos días! Este texto había sido elaborado por una Comisión presidida por el General de Ejército Raúl Castro Ruz. La Comisión presentó un Anteproyecto de nueva Constitución de la República al VII Pleno del Comité Central del Partido y al Consejo de Estado, antes de someter el texto ya elaborado a la Asamblea Nacional del Poder Popular. El texto así elaborado, fue aprobado por unanimidad sin participación popular ni pluralismo político; y los debates y enmiendas posteriores mencionados en el párrafo anterior fueron sólo un recurso cosmético.
Entre otras nuevas disposiciones en la Constitución de 2019, según las propias autoridades cubanas:
■ Se especifica que Cuba no volverá jamás al capitalismo, "como régimen sustentado en la explotación del hombre por el hombre".
■ Se sustituye la mención del marxismo-leninismo por "marxismo y leninismo", por considerarse que el primer término hacía alusión al régimen político de Iosif Stalin.
■ Se suprime la anterior definición del matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, y lo conceptualiza solamente como una institución social y jurídica, y una de las formas de organización de las familias, que se funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges.
■ Estipula que las familias se constituyen por vínculos jurídicos o de hechos.
■ En ningún caso los medios fundamentales de la comunicación serán objeto de propiedad privada.
Además de este debate en el FORO PARTICIPATIVO en 2014, los cubanos amantes de la democracia e instituciones afines han hecho notables esfuerzos orientados a promover una reforma constitucional auténticamente democrática. Muchos de estos proyectos, cuidadosamente debatidos en el proceso de su elaboración, pueden leerse, analizarse y compararse con la Constitución impuesta a los cubanos en 2019 aquí ↓
participatorydemocracy.net/documentos-da...iativas-democraticas
Entre todos estos recomendamos leer
"Propuesta de Enmiendas al Proyecto de Constitución de la República de Cuba" aquí ↓
participatorydemocracy.net/documentos-da...publica-de-cuba-2018
El lector verá que las propuestas contenidas en este trabajo fueron puntuales, lógicas y democráticas. Además, fue una de las propuestas que supuestamente estaría entre las que serían sometidas a debate entre los redactores de la nueva Constitución.
Ninguna de estas propuestas fue aprobada ni la nueva Constitución incluye disposiciones que puedan asemejarse, con otra redacción, al espíritu democrático de las que entonces sugerimos.
Aún así, esta Constitución reconoce ciertos derechos fundamentales. Pero son letra muerta a la hora de su aplicación. Poco más de 500 miembros de la sociedad civil independiente elevaron el martes 13 una petición a la Asamblea Nacional exigiendo que se redacte y apruebe una ley sobre el derecho de reunión y de manifestación pública, el cual continúa en un vacío legal pese a que tienen una base constitucional y está explícitamente reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Pero esos derechos "reconocidos" son letra muerta a la hora de su aplicación. Poco más de 500 miembros de la sociedad civil independiente elevaron el martes 13 una petición a la Asamblea Nacional exigiendo que se redacte y apruebe una ley sobre el derecho de reunión y de manifestación pública, el cual continúa en un vacío legal pese a que tienen una base constitucional y está explícitamente reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
La petición fue entregada a Esteban Lazo en su calidad de Presidente de la Asamblea, señalando la obligación de atenderla mediante un proyecto de ley que le dé curso legal a las disposiciones contenidas en el Artículo 61 de la Constitución de 2019, reconociendo que: "Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades", lo cual requiere reconocer el derecho a la reunión de los peticionarios para elaborar las quejas pertinentes y el derecho a organizar manifestaciones cuando esas quejas no son atendidas, como lo requiere ese mismo artículo, señalando que las autoridades "están obligadas a tramitarlas y a dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas" en un plazo razonable que debe determinar la ley.
La Asamblea Nacional cerró su período de sesiones de dos sin siquiera atender el reclamo de derechos inalienables de sus ciudadanos.