Revocación del Mandato Legislativo
Existen disposiciones constitucionales y legales en 26 estados de los
Estados Unidos que facultan a los electores para pedir la destitución
de todos o algunos funcionarios públicos, introduciendo la pregunta
respectiva en la papeleta de un referéndum antes de la finalización de
su período. Adicionalmente, las municipalidades de ciertos estados
pueden elaborar proyectos de nuevos estatutos o enmiendas a estatutos.
permitiendo la revocación del mandato. Para otros que carecen de esa
facultad constitucional, la legislatura estatal ha promulgado estatutos
especiales para gobiernos locales autorizando la destitución por los
votantes. Las normas que contemplan esta revocatoria del mandato
constitucional o estatutaria en seis estados excluyen de la misma a los
jueces. Siete estados permiten únicamente un intento de revocatoria de
mandato durante el período del funcionario; sin embargo, tres estados
admiten un segundo intento si los proponentes reintegran al estado los
costos derivados de la primera tentativa. .
El uso de la destitución está sujeta a restricciones contenidas en
disposiciones constitucionales y legales. Unicamente los funcionarios
elegidos están sujetos a este tipo de destitución, a excepción de
Montana, donde ley de la materia y un pequeño número de disposicones
de gobiernos locales permiten la destitución de oficiales
administrativos. Además, la mayoría de normas relativas a la destitución
prohiben su uso durante los primeros 2 a 12 meses de su mandato de los
funcionarios y, en cinco estados, durante los últimos 180 días.
El que la destitución sea un proceso político o judicial varía de
estado a estado en base a las normas legales, constitucionales o
sentencias de las cortes. En los estados donde la destitución es un
proceso político, no se aplican los derechos tradicionales que protegen
a los acusados, ya que la normativa de la destitución no implica que el
funcionario en cuestión esté acusado de haber cometido hechos
delictivos, abuso de autoridad, omisión o violación de su juramento.
Si se tratare de un proceso judicial, entonces dicho funcionario si
disfrutará de las garantías judiciales tradicionales.
El proceso de destitución, de igual manera que el referéndum de
iniciativa y de protesta, comienza con el registro de 10 peticionarios
en la Secretaria del Estado o ante el empleado local, mediante una nota
que expresa la intención de hacer circular la petición en la
respectiva elección, a fin de determinar si él o los funcionarios en
cuestión deben ser destituidos. La nota generalmente incluye una
declaración de 200 palabras, fundamentando las razones para la
propuesta de destitución; el funcionario señalado puede a su vez
responder mediante otra nota de 200 palabras. Posteriormente, el
Secretario de Estado o el empleado local encargado, imprime oficialmente
las peticiones las cuales quedan a disposición de los proponentes
quienes son requeridos para recolectar un número de firmas de votantes
registrados equivalentes al 25% de los votos emitidos en la última
elección de Gobernadores o para candidatos del mismo nivel. Los estados
de California y Georgia, exigen requisitos geográficos relativos al número
mínimo de firmas, que deben ser recogidas en cada uno de 5 condados o
en cada distrito congresional, respectivamente.
Aunque las firmas requeridas son recogidas, una elección de
destitución no se lleva a cabo en ocho estados, si los oficiales señalados
renuncian dentro de 5 o 10 días después que las firmas requeridas han
sido certificadas. Una vez señalada la fecha de la elección, las
razones para la remoción del funcionario así como su defensa de hasta
un máximo de 200 palabras, es impresa en la papeleta. En nueve estados,
los votantes son limitados a decidir cuando el funcionario debería ser
removido. Si el funcionario es removido, un sucesor es elegido en una
elección especial posterior. En otros estados, los votantes deciden si
se remueve al funcionario y simultáneamente se vota para elegir a un
sucesor en caso que el funcionario sea removido.
Recientes experiencias con este procedimiento revelan que un
funcionario podría ser removido por medio de un voto mayoritario, pero
ser reelecto por un voto de pluralidad si tres o más candidatos dividen
los votos. Para prevenir que esto ocurra, las normas constitucionales y
estatutarias de gobiernos locales, estipulan que un funcionaro no puede
ser candidato para una reelección si la destitución tuvo éxito. Es más,
estas normas estipulan que un funcionario acusado que renuncia, no puede
ser nombrado a la misma o similar posición durante un período de dos años.
Los funcionarios sujetos a destitución no tienen límites para gastos
de campaña, de sus propios fondos, con el objeto de permanecer en su
puesto, de conformidad con la resolución de la Corte Suprema de los
Estados Unidos, en el caso Buckley Vrs. Valeo, 424 EEUU 1 en 143 (1976).
La teoría clásica de la representación, se fundamenta en la
premisa de que las elecciones periódicas y transparentes son suficiente
garantía de que los funcionarios electos representarán
responsablemente a los electores. La corrupción gubernamental y la
falta de representatividad de las instituciones del gobierno, durante el
período inmediato después de la guerra civil de los Estados Unidos,
generaron varios movimientos de reforma incluyendo a los populistas cuya
agenda pretendía devolver a los ciudadanos el control del gobierno.
Ellos sugerían el referéndum de destitución, de iniciativa y de
protesta. Los últimos dos fueron autorizados por primera vez por una
enmienda constitucional en Dakota del Sur en 1898. La primera entidad
gubernamental en adoptar la destitución fue la ciudad de Los Angeles,
cuyo estatuto de 1902, también incluyó la iniciativa y el referéndo.
Los oponentes originales a la destitución, argumentaban que no había
necesidad de este dispositivo de control ya que existen otros métodos
para remover a los funcionarios que hayan abusado de la confianza pública,
vb. gr.: los procesos de juicios políticos, la acción legislativa (dirigiendo
al Gobernador para que remueva al funcionario en cuestión), y normas
que permitían la desocupación automática de la oficina una vez
obtenida una condena por felonía. Estos oponentes también argumentaron
que la destitución destruiría el gobierno representativo ya que frenaría
a funcionarios enérgicos, desanimaría a persona calificadas para
buscar cargos públicos de elección, permitiría al partido político
perdedor una segunda oportunidad de ganar, animaría el asedio frívolo
de funcionarios y permitiría el remover funcionarios por razones
inadecuadas. Además, se sostenía que la destitución destruiría la
independencia judicial.
Los promotores de la destitución presentaron seis argumentos.
- Refuerza el control popular sobre el gobierno.
- Permite a los votantes corregir fallas de los sistemas electorales,
provocadas por un gran número de decisiones que hay que tomar en la
papeleta o por el sistema de elección basado en el principio de
mayoría relativa o pluralidad.
- Reduce la alienación de los votantes.
- Educa al electorado
- Facilita la remoción de restricciones constitucionales en
legislaturas estatales.
- Estimula a los votantes a aprobar enmiendas constitucionales y
legales para prolongar los períodos de los funcionarios elegidos.
La experiencia general observada con la destitución está a favor de
sus promotores. Raras veces ha sido usado para remover funcionarios
estatales elegidos (un gobernador, 8 legisladores y un juez), pero ha
sido empleada con frecuencia para remover funcionarios de gobiernos
locales. También se utilizan otros métodos para la remoción. Aunque
es difícil medir con exactitud, parece ser que la existencia de la
destitución estimula a los funcionarios públicos a ser más
responsables con sus electores. La amenaza del uso de la destitución
puede hacer reflexionar más a los funcionarios electos, sobre sus
posiciones y conductas en determinados temas; y a la vez animar a los
votantes a jugar un rol de supervisión mas activo en relación a los
funcionarios electos.
Nota a los lectores: si bien los Estados Unidos son el primer estudio
de caso sobre el uso de la revocación del mandato o destitución
legislativa, la provincia canadiense de la Columbia Británica introdujo
la destitución legislativa (reelección) por petición (40% de los
votantes registrados) en 1995. También ha sido introducida con
Chávez en Venezuela, aunque se requiere recoger un número de firmas
superior al resultado electoral anterior que instauró al candidato en
su cargo.
Autor: Joseph Zimmerman
Fecha de creación: 12/06/1997
Traducido por: F»lix Ulloa
Actualizado por: Carlos Navarro
[Tomado de http://www.potlatch.net/main/espanol/es/esc01c.htm
]
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