CIDH Condena la Muerte de Orlando Zapata en Cuba

CIDH Condena la Muerte de Orlando Zapata en Cuba

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Washington, D.C., 26 de febrero de 2010.─ La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lamenta profundamente y condena la muerte del disidente cubano Orlando Zapata Tamayo, quien murió de inanición tras 85 días de huelga de hambre. La CIDH expresa su pésame y solidaridad con sus familiares.

El señor Zapata Tamayo era una de las víctimas del Caso Número 12.476, donde la Comisión Interamericana recomendó al Estado de Cuba ordenar la liberación inmediata e incondicional de todas las víctimas declarando nulas las condenas en su contra, por haberse basado en leyes que imponen restricciones ilegítimas a sus derechos humanos. El informe de fondo de este caso, aprobado el 21 de octubre de 2006, también recomendaba adoptar las medidas necesarias para adecuar sus leyes, procedimientos y prácticas a las normas internacionales sobre derechos humanos, reparar a las víctimas y sus familiares por el daño material e inmaterial sufrido en virtud de las violaciones a la Declaración Americana establecidas en el informe, y adoptar las medidas necesarias para evitar que hechos similares volvieran a cometerse. El Estado de Cuba no ha cumplido con las recomendaciones de la CIDH.

Orlando Zapata Tamayo había sido detenido en marzo de 2003, en el contexto de una ola represiva del Estado de Cuba en contra de activistas de derechos humanos y periodistas independientes. Las más de 70 personas detenidas ese mes fueron sometidas entre el 3 y el 7 de abril de 2003 a procesos que no duraron más de un día, realizados a puertas cerradas, impidiendo la entrada reporteros, diplomáticos y público en general, al cabo de los cuales fueron sentenciados a cumplir penas de prisión de hasta 28 años. En esa ocasión, el señor Zapata Tamayo había sido condenado a tres años de prisión.

Posteriormente, el señor Zapata Tamayo fue condenado en Cuba a otras penas de cárcel, en virtud de sus opiniones disidentes. Según información periodística, habría sido sentenciado a 36 años de prisión. Información recibida por la CIDH indica que el señor Zapata Tamayo habría sido sometido a tortura y tratos inhumanos en la prisión Kilo 8.

Por otra parte, la CIDH recibió información de que tras la muerte del señor Zapata Tamayo, al menos 50 opositores habrían sido detenidos o forzados a quedarse en sus casas para evitar que fueran al velatorio y el entierro.

La Comisión vuelve a manifestar que las restricciones a los derechos políticos, a la libertad de expresión y de difusión del pensamiento, la falta de elecciones y la falta de independencia del poder judicial, configuran una situación permanente de trasgresión en Cuba de los derechos fundamentales de sus ciudadanas y ciudadanos. La Comisión insta una vez más al Estado a realizar las reformas necesarias conforme a sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

La CIDH desea reiterar en esta oportunidad al Estado de Cuba la recomendación de ordenar la liberación inmediata e incondicional de todas las víctimas del Caso 12.476, declarando nulas las condenas en su contra por haberse basado en leyes que imponen restricciones ilegítimas a sus derechos humanos. La CIDH insta además al Estado de Cuba a adecuar sus normas procesales a los estándares internacionales aplicables en materia de debido proceso, a fin de que las personas que acudan a los tribunales para la determinación de sus derechos y responsabilidades cuenten con garantías legales mínimas para ejercer sus medios de defensa.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.


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Author of this article: Comisión Interamericana de DD.HH

Annual Reports on Religious Freedom

The US Commission on International Religious Freedom (USCIRF) is an independent, bipartisan U.S. federal government commission, created in 1998 by the International Religios Freedom Act (IRFA). USCIRF Commissioners are appointed by the President and the leadership of both political parties in the Senate and the House of Representatives. USCIRF's principal responsibilities are to review the facts and circumstances of violations of religious freedom internationally and to make policy recommendations to the President, the Secretary of State and Congress.

These recommendations are formally presented through USCIRF's Annual Report.  The Department of State submits these reports to Congress in compliance with Section 102(b) of the International Religious Freedom Act (IRFA) of 1998.  The law provides that the Secretary of State, with the assistance of the Ambassador at Large for International Religious Freedom, shall transmit to Congress "an Annual Report on International Religious Freedom supplementing the most recent Human Rights Reports by providing additional detailed information with respect to matters involving international religious freedom."  Reports are available to the public (click on the titles below) and institutions may get free hard copies if requested.

Country chapters begin with a one-page overview of USCIRF's findings, the reasons for the country's designation by USCIRF, and priority recommendations for action. Each chapter documents events that took place over the reporting period, discusses relevant legal and human rights issues, emphasizes important elements of the bilateral relationship with the U.S., and details recommendations that would promote freedom of thought, conscience, religion or belief.

The USCIRF released on April 28 its 2011 Annual Report and recommended that the Secretary of State name the following nations "countries of particular concern" or CPCs: Burma, China, Egypt, Eritrea, Iran, Iraq, Nigeria, North Korea, Pakistan, Saudi Arabia, Sudan, Turkmenistan, Uzbekistan, and Vietnam. CPCs are "nations whose conduct marks them as the world's worst religious freedom violators and human rights abusers."

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